Impuestos Préstamo Hipotecario

En referencia a los impuestos que han de cobrar todas tienen que cobrar lo mismo.
Respecto a lo que cobran como gastos te aconsejo que pidas por escrito a que hacen referencia, me parece que emplean unos porcentajes para determinar aproximadamente los gastos de escrituas, impuestos, tasación... Pide que todos los gastos queden desglosados y que te los faciliten previamente opor escrito, las entidades bancarias tienen la mania de cobrar un importe a ojo que siempre esw superior al real.

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A qué impuestos te refieres:
-IVA
-Transmisiones patrimoniales
-Actos jurídicos documentados
En cualquier caso los tres son iguales salvo AJD que se calculará sobre el importe total préstamo concedido (aunque entiendo que el importe global del préstamo será muy similar)
Hola, estoy a punto de firmar un préstamo hipotecario y he encontrado 2 hipotecas con las condiciones muy parecidas y lo que me ha llamado la atención es el tema de los gastos de la misma. Un entidad me dice que tiene que aplicar unas tablas (o algo así) de 175 a 180% del valor de la vivienda, en cambio por la otra me dice que el baremo que utiliza es el 153% más un 1% de responsabilidad civil. La verdad es que esta diferencia lo he preguntado pero no me lo han contestar claramente o yo no la he entidido. ¿Podrían explicar esta diferencia?
Y una última cuestión, sobre impuestos del contrato de compraventa, ¿todas las entidades que tienen que cobrar lo mismo?
Muchas gracias por todo.
Ese desglose ya lo he tengo, de ahí mis dudas, porque las cantidades de impuestos son diferentes. Gracias.
El desglose que me han dado es:
Compraventa:
Notaria: x
Registro: x
Impuestos: x
Gestoría: x
Préstamo hipotecario:
Notaria: x
Registro: x
Impuestos: x
Gestoría: x
Entiendo que el IVA es igual en ambos, pero es que los impuestos que me han dado las 2 entidades son diferentes y ambos me dicen que están bien. Me gustaría saber si los impuestos del préstamo hipotecario pueden ser diferentes y en cambio, los impuestos de compraventa si tienen que ser iguales.
Muchas gracias por las molestias.
Es posible que AJD sea diferente porque se calcula como sigue:
La base imponible en los derechos reales de garantía y en las escrituras que documenten préstamos con garantía estará constituida por el importe de la obligación o capital garantizado, comprendiendo las sumas que se aseguren por intereses, indemnizaciones, penas por incumplimiento u otros conceptos análogos. Si no constare expresamente el importe de la cantidad garantizada, se tomará como base el capital y tres años de intereses.
Por eso es posible que difiera un poco, no hay otra posibilidad ya que el IVA va a un tipo fijo reducido del 7% salvo que sea VPO

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