¿Alta de autónomo?

Me dirijo a usted con la siguiente consulta. Soy arquitecto desde hace 3meses, mi situación ahora mismo es estar contratado y dado
de alta en una empresa como arquitecto, en la que trabajo 3días a la
semana. Los otros dos días he empezado a ir a un estudio donde la forma de
trabajo es mediante recibos de colaboración que se liquidan a fin de mes,
donde aparece IVA e IRPF. Mi pregunta es, a efectos fiscales, ¿cómo
influye o cómo tengo que declarar esos recibos? ¿Tendría qué darme de alta
como autónomo para simultanear este tipo de trabajo?. En caso afirmativo, ¿cuál es la mejor opción?

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Como ves antes de he contestado que LO LEGAL ES QUE ESTÉS DADO DE ALTA TAMBIÉN EN AUTÓNOMO, si bien es cierto que hay muchas personas que solo se dan de alta en hacienda para poder emitir las facturas y salir del paso, no obstante si por cualquier causa: cruce de ficheros entre hacienda y la seguridad social, que de hecho ya lo han experimentado y funciona, una posible inspección, denuncia o por cualquier otra rareza de la vida te descubren te aplicarían el alta desde la fecha de alta en hacienda con el 20 % de recargo, intereses de demora y una sanción de un mínimo de 3.000 euros. ¿Si quieres arriesgarte?.
Están en pecado fiscal, para poder emitir facturas con iva e irpf HAS DE ESTAR DADO DE ALTA EN HACIENDA, presenta un modelo 036. Si la empresas aceptan cambiar la fecha de los recibos y ponerles 2005 no hay problema te das de alta con fecha de ahora y en paz, pero si te dicen que no entonces has de presentar el modelo 036 con fecha de diciembre, es de cir: fuera de plazo y por ello posteriormente lo normal es que te venga una pequeña sanción. Si al final es alta en 2004 has de presentar ahora el modelo 130 ( 4T de irpf) y 4T de 300 y resumen anual de iva (mod. 390).
Lo legal es que te des de alta como autónomo, si lo haces y tienes menos de 30 años solicita en el momento de presentar el imprso de alta en autónomo la bonificación del 50 % durante un año en la cuota de contingencias comunes.
Parfa darte de alta en el modelo 036 marca en la página 5 del impreso la casilla 500 (si) y la 510 (si); en la página 6 casilla 600 (si), la casilla 609, ademas de las demás páginas los datos, epígrafe etc.
En el modelo 130 puedes deducir tiodos los gastoa que tengas para el ejercicio de tu profesión.

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