Modelo 130 1T fuera de plazo

Soy Autónomo y no he realizado las presentaciones del modelo 130 durante el ejercicio 2008. Ahora estoy realizándolas fuera de plazo, pero por alguna razón no consigo hacer la del 1T. ¿Por qué puede ser? En la página de la AEAT dice que realice la declaración extemporánea, pero no encuentro la manera de hacerlo.

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Metete en la página de la AEAT modelos y formularios y modelo 130, rellénalo, imprímelo y presentalo directamente en cualquier delegación, lógicamente te pondrán fuera de plazo, pero al menos la habrás presentado.
Si no te han requerido rapido antes de que lo hagan.
Si te lo he aclarado suficientemente bien sino dímelo y aclarame lo que no entiendes.
En primer lugar muchas gracias por el interés.
Aún no me lo han requerido y como dices estoy intentando adelantarme al inminente acontecimiento.
La cuestión es que he podido presentar por internet la declaración de los trimestres T2, T3 y T4, pero no la del T1, ¿qué curioso no?
De todas formas y siguiendo tus consejos la he imprimido en papel y la presentaré personalmente.
Ya que estamos y si no es un abuso por mi parte, me gustaría hacer otra pregunta, estoy intentando hacer la declaración del modelo 190 y la verdad es que no lo entiendo muy bien.
Yo no tengo ninguna persona contratada ni he recibido factura de ningún profesional con retención de IRPF, es decir yo sólo he emitido facturas (en las que he retenido el IRPF) y mis gastos son todos de compras de material y cosas así. ¿Tengo qué hacer el 190 igualmente?, en caso afirmativo ¿Los perceptores de los que habla el modelo 190 son las empresas a las que yo facturo por los servicios que hago o son las empresas que me facturan a mí por servicios que yo contrato?
Muchas gracias de antemano! Por cierto, soy autónomo (Arquitecto Técnico) en estimación directa simplifacada.
Respecto a tu pregunta del modelo 190, deberías de mirar el modelo 036 o 037 ( alta censal ) que presentaste al darte de alta en hacienda, así podríamos ver si estas obligado o no. En todo caso te explico, el mod. 190 no es otra cosa que un resumen anual de las retenciones del IRPF, que tú ya hayas practicado a tus trabajadores, facturas de profesionales etc.. Como es lógico también habrías tenido que presentar esos importes retenidos en un mod denominado 110 que también tiene 1T, 2T, 3T y 4T.
Como norma general, si no has retenido, no habrías tenido que hacer mod 110 y por ende tampoco 190.
Por último sabrás que los mod 130 del ejercicio 2008, el resumen del mismo es el mod. 100 o más comúnmente conocido Impuesto de la Renta de las Personal Físicas ( declaración de la renta ) que también estás obligado a presentar en estas fechas, por lo que es urgente que los presentes ya que sino los datos que pongas posteriormente en la renta no les cuadrará para nada.
Si no lo tienes claro o no me he explicado adecuadamente indícamelo, ya sabes hoy por ti mañana por mi.

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