Duda contabilidad financiera.

Le planteo un caso refererido a la "amortización de un inmovilizado tras sufrir una pérdida por deterioro". Brevemente:
Maquina adquirida por 30.000 euros, 9 años vita útil, 3.000 euros de valor residual. Adquirida el 1/04/08. A 31/12/09, el valor en uso es de 22.000 euros. Se pide realizar operaciones 2.008/09/10.
30.000 Maquinaria a Bancos 34.800
4.800 IVA soportado
   ------------------------------------ POR ---------------------------------------
2.250 aim a 2.250 aaim
Resultante de (30.000-3.000)/9= 3.000;         3.000 x 9/12= 2.250
    ------------------------------------- 09 ----------------------------------
3.000 aim a 3.000 aaim
   ---------------------------------------- POR ----------------------------------
2.750 Pérdidas por deterioro del inmov. Mater.
                                                        a
                                                              Deterioro del valor... 2.750
Resultante de 8.000-5.250= 2750; Es decir valor perdido menos lo amortizado.
-------------------------------------- POR ----------------------------------
2.620,68 AIM a 2.620,68 AAIM
Bien, mis pregunta son dos:
-Aunque intuitivamente, asimilo que tras el deterioro las próximas amortizaciones anuales serán menores que las iniciales, no logro saber de donde sale el 2.620,68.
Agradecería me facilitase el cálculo del último asiento.
-En otro casos, como el deterioro de las existencias, sé que los deterioros se revierten en una cuenta del grupo 7 al finalizar el siguiente ejercicio. ¿En el caso del inmovilizado no ocurre? En caso negativo me gustaría saber porqué.
Millones de gracias por su atención. Un estudiante de LADE.

3 Respuestas

Respuesta
1
Respuesta 1: Siendo 22.000 el valor uso al 31/12/09 y respetando los 3.000 de valor residual, queda por amortizar su diferencia de 19.000 en los 7,25 años restantes de vida útil, resultando en 2620.69 de amorizacion anual, la de asiento de 2010.
Respuesta 2: Las dotaciones por deterioro de valor de existencias (como de otros activos corrientes sometidos a rotación inferior al año) se revierten al ejercicio siguiente en la medida que el stock afectado por la dotación va incorporándose al proceso de fabricación o venta.
Al no existir dicha rotación en activos no corrientes, la reversión anual de los deteriores es improcedente. Ello no obstante, puede generarse reversión cuando con posterioridad a la dotación por deterioro se produjeran nuevos cambios razonables en la valoración del activo, que anulen o reduzcan el efecto del deterioro previamente registrado.
Respuesta
1
Disculpa por el retraso veraniego.
Si consideras que la perdida es temporal, el asiento a contabilizar es 691 a 291 por el deterioro. Sin afectarte la amortización.
Si lo consideras como una perdida de valor definitiva, debería hacer le asiento siguiente:
691 a 291 8.000 (por la pérdida)
291 a 213 8.000 (por la decisión de minorar el valor del bien)
A partir de ese momento tienes que recalcular la amortización anual, en función de los nueve años de vida útil.
El asiento de amortización en el 2008 sería
681 a 281 3.000 euros
El asiento de amortización para el 2009:
Si lo consideras el deterioro temporal:(idéntico al 2008)
Si lo consideras definitivo, el asiento sería
681 a 281 por 2.111,11 euros anuales.
El asiento de amortización para el 2010
Idéntica explicación al 2009.
Referente al asiento de deterioro, si consideras que es temporal, y pasado las causas que originaron esa situación puedes revertir contra la cuenta 791. Como podrás observar, en ese supuesto, el valor de bien no cambia, por lo que no tienes que cambiar la amortización.
También te tengo que indicar, que como estudiante esta muy bien en no tomar en cuenta el valor residual del bien para el calculo de la amortización. No obstante, te tengo que señalar que en el mundo del trabajo, el valor del bien se amortización 100% sin tomar en cuenta su valor residual teórico.
Te pueden decir que si pasas una inspección de hacienda puede que esta no acepte esa práctica. Sin embargo he pasado unas cuantas a lo largo de mi vida, tanto para empresa de fabricación como de servicios y en ningún caso el inspector se ha detenido en analizar el calculo de la amortización de los bienes.
Si no tienes más preguntas, puntúa y cierra.
Respuesta
1
Disculpa por el retraso debido a las vacaciones y los asuntos acumulados de la vuelta.
En cuanto al supuesto.
En primer lugar, como estudiante de LADE, debe atenerse a la normas estrictas de la contabilidad. Aunque si admite un consejo, la contabilidad en muchos casos debe adaptarse a la empresa y sus necesidades y sin cometer "barbaridades" de conceptos y criterios, se puede tomar ciertas libertades. Todo esto para decir que el valor residual de un bien, no siempre se toma en consideración en muchas empresas. El fin de todo es hallar la rentabilidad y el uso de la maquinaria en uso.
Si en una empresa de fabricación se le dijese que el valor de uso de la maquinaria en el proceso productivo es 27.000 para por años y para por unidades de producción en lugar de 30.000 euros, podría suponer una perdida de rentabilidad en el calculo de costes.
Después de esa aclaración, que he considerado necesaria.
La solución podría ser la siguiente:
Lo primero es considerar si el deterioro es definitivo e irreversible o temporal.
Si es definitivo, tiene que aplicar el deterioro al valor del bien, afectando al cálculo de la depreciación.
Deterioro definitivo:
691 a 291 8.000 (por la pérdida)
291 a 213 8.000 (por la decisión de minorar el valor del bien)
A partir de ese momento tienes que recalcular la amortización anual, en función de los nueve años de vida útil.
El asiento de amortización en el 2008 sería
681 a 281 3.000 euros
El asiento de amortización para el 2009 y 2010:
681 a 281 por 2111 euros anuales.
Deterioro reversible:
691 a 291 por 8.000
La depreciación anual no cambia durante los años 2008, 2009, 2010.
En cuanto termine el periodo de depreciación o el deterioro solucionado. Debe realizar el asiento de anulación del deterioro:
281 a 791

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