Tema miradores y tendedero

Perdona que no te preguntara esto;mi pregunta es es verdad que existe una nomativa en madrid que prohíbe las persianas en los miradores tanto sean exteriores como interiores, es que he visto bloques de pisos entregados hace poco con ellas y otros que van entregar en un futuro que los están construyendo que están poniéndolas o ya puestas y otros muchos que no las llevan.
Sobre los tendederos que requisitos tienen que reunir, el tema esta es que no lo an acristalado excepto la parte de donde sale el tubo de la caldera porque decían que estaba prohibido, resulta que a venido el de la caldera y m a dicho que si puedo cerrar ese hueco y el del gas igual entonces que normativa rige ese tema estaban obligados aponerme el cristal ya que nos han mentido para ahorrárselo pero quiero que m lo confirmes si verdaderamente m lo tienen cerrar.

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Como puedes comprobar por mi currículo en todoexpertos, soy de Barcelona. Por eso no puedo decirte nada sobre la normativa que regula las persianas. Cada ayuntamiento tiene sus propias normativas.
En cuanto a lo de los tendederos, en efecto deben quedar abiertos. Pueden cerrarse con elementos como celosías o rejas, pero no pueden cerrarse completamente con cristal. No tiene que ver con una normativa de seguridad por el gas o la caldera sino con la misma definición de tendedero.

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