Separación aseo en el trabajo

No se si esta es la categoría correspondiente, pero no he encontrado otra mejor.
Estoy reformando un local de propiedad que utilizaré como oficina. El aseo que tenia, de 3 m2, estaba dividido con una puerta para separar el espacio del inodoro con el lavamanos, dejando dos espacios de 1.5 m2.
Al reformar el aseo pensé que se aprovecharía mejor el espacio uniendo ambas zonas, un un único espacio de 3m2, como un aseo de una vivienda.
Ahora me han dicho que la normativa (¿laboral? ¿Higiene?) Obliga a separar el lavamanos del inodoro. También he leído que la normativa dice que debería tener un aseo de hombres separado de otro de mujeres, y ya no entiendo nada.
Es una oficina pequeña, 90m2, en la que solo habrán 5 despachos individuales (1 persona por despacho).
¿También se aplica en estos casos? ¿Incluso la separación hombres/mujeres?

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Respuesta
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Efectivamente existen normas que obligan a poner dos aseos, incluso pueden exigirte que uno de ellos sea adaptado para personas discapacitadas.
Desgraciadamente aparte de la normativa nacional existe mucha autonómica, por lo que es imposible darte la respuesta exacta, de todos modos ya que tienes que contratar un proyecto de apertura para la obra que estas haciendo (incluso puede que te exijan proyecto de obras), lo suyo es que el técnico que contrates te diga que normativa te es de aplicación.
En todo caso el decreto 486/1997 te es de aplicación y dice
10º. Los vestuarios, locales de aseos y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. No se utilizarán para usos distintos de aquellos para los que estén destinados
Gracias por la respuesta, aunque me sorprende que la normativa no indique un mínimo de trabajadores para ser aplicada.
Llevándola al límite, e interpretándola al pié de la letra como has hecho, significaría que si en el despacho trabajan 5 hombres o 5 mujeres, también debería tener dos lavabos (uno para hombres y otro para mujeres), e incluso si es mi despacho profesional en el que trabajo solo (lo que ya es surrealista).
En resumen, me cuesta aceptar que las normas se apliquen de manera tan absurda, sin ningún sentido común.
Por cierto, de la separación entre inodoro y lavamanos, ¿sabes algo?
Bueno veo que la has leído y reclamas lo mismo que muchos técnicos reclamamos, que se marquen los rangos y los rangos lógicos, pero por desgracia no existen en esta norma, podrías consultar el PGOU de tu ciudad, el reglamento de policía y espectáculos, etc... como ves, mucha normativa para tan poca cosa.
Un despacho profesional donde trabaja uno sólo no es LUGAR DE TRABAJO, para ello hace falta que existan trabajadores, así que por aquí no me pillas, je je, si no tendría que poner lo mismo en mi estudio (trabajo sólo ahora mismo).
En cuanto a la separación de inodoro y lavamanos, desde luego no conozco absolutamente ninguna norma a tal efecto, desde luego no existe de ámbito nacional, pero con tanta normativa nuevamente debo remitirte al proyecto que tienes que hacer para hacer la apertura de la oficina y que deberá redactarte un técnico competente.
No sabia que solo es un "lugar de trabajo" si hay empleados, eso me puede solucionar el tema. En el despacho no habrán empleados, solo autónomos independientes que compartimos local para repartir gastos. Y lo de la separación inodoro/lavamanos también es buena noticia que no hallas oído nada al respecto, porque de momento aun tengo esperanzas de que sea un bulo. Muchas gracias por las explicaciones, un saludo.

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