Derribo entre medianeras

Estoy construyendo una vivienda unifamiliar en el casco antiguo de un pueblo y acabo de terminar el derribo.
El problema es saber de quien son los muros medianeros y si puedo derribar hasta llegar al muro de ladrillo nuevo de los edificios colindantes.
Ellos dicen que es medianero y no se puede tocar pues es de propiedad compartida, pero tras este tienen otro muro nuevo que levantaron hace unos años al construir sus viviendas
¿La pregunta es si se puede considerar muro medianero si tras este los vecinos tienen otro nuevo?
¿En el ayuntamiento de mi localidad tendrán información sobre estos temas?

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En principio, es en las escrituras de propiedad donde se recogían las particularidades de las medianeras que dividían las viviendas.
En alguna de las escrituras de uno u otro propietario debería de recoger si el muro era en propiedad (de uno solo) o si era en "medianil" o "medianería", con lo que en tal caso sería compartido.
De mi experiencia jucidial, de diré que en cuanto una de las partes alegue que la demolición parcial puede comprometer la solidez estructural de conjunto, ningún juez se arriesga a autorizar el derribo y que después pueda "meter la pata".
Lo más habitual es que salvo que exista acuerdo entre los dos colindantes sea muy difícil poder demoler, todo o en parte un muro medianero.

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