Problemas con pared medianera

Hace unos años tiraron una casa lindante con la mía por lo que mi pared está en ladrillo sin ninguna protección (mi pared no tiene cámara). En su día los propietarios de la casa accedieron a colocar una tela asfáltica, que a día de hoy se está cayendo y se niegan a repararla. ¿Tengo yo que arreglar la tela asfáltica?, tengo obligación de aislar mi pared, ¿si ellos la han dejado al aire?.

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En relación a su pregunta y por los datos que aporta, se puede deducir que la pared de su vivienda NO ES MEDIANERA, ya que si así fuera, al derribar la vivienda colindante a la suya podría haber sucedido lo siguiente:

1.- Se habría derrumbado toda esa pared (paramento), esto es, su casa estaría descubierta de abajo a arriba por el lado lindante a la casa derruida. --> En este caso no ha sucedido.

2.- Se habría respetado por la constructora la pared medianera y permanecería en pie toda ella.--> En este caso, se ha mantenido sin demoler SU PARED de ladrillo que marca el límite de su vivienda.

3.- La constructora habría rebajado la pared "medianera" a la mitad y a partir de ahí ejecutaría los trabajos.--> Tampoco puede decirse que haya pasado esto, ya que el ladrillo de su pared no ha sufrido daños, ni rebajas, esto es, se encuentra entero (según entiendo de la exposición de los hechos).

Por ello, y a pesar de la que la propiedad vecina accediera a colocar tela asfáltica en su paramento para que no quedara "desnudo" y protegiera de algún modo su vivienda de la climatología (acción de buena vecindad pero no exigible por ley y a la vez podría haberse actuado de dicho modo por aislar una futura edificación a realizar sobre el solar resultante de la demolición), entendemos que la pared de su vivienda debe ser mantenida y conservada por la propiedad, asumiendo los gastos el propietario de la misma.

Por último y, a fin de que Vd. analice más detenidamente si la medianería existe o no existe sobre la pared por los datos que pudiera tener aparte de los mencionados, repase los artículos 572 y 573 del Código Civil por si se pudiera encuadrar su situación en alguna de los supuestos contemplados.

En espera de que haya clarificado sus dudas.

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