Instalación de ascensor

Hola ponte: Aver si me puedes ayudar con este problema, mi piso esta integrado en un edificio de 6 plantas en el cual solo pago gastos de fachada y tejado. Y esto es porque se comunica con el edificio colindante y cuando se construyeron se separaron de la otra comunidad para poder disfrutar del ascensor de esta (concretamente dos 5º y un 6º).

Decir que en las escrituras pone que pertenecen a la comunidad del ascensor y en esta comunidad se pagan cuotas comunitarias (gastos de escalera, ascensor, etc.)

Ahora bien la pregunta es; La comunidad que no comparto quiere poner un ascensor, yo estaría obligado a pagar por ese ascensor?

Ya se que es complicado, si necesitas algún dato mas me pides.

Gracias

Saludos

1 respuesta

Respuesta
1

Me faltan muchos datos, habría que consultar escrituras y acuerdos.

Pero lo que si puedo adelantarle es que puede en la reunión que se haga para decidir que pongan el ascensor que le exima de dicho gasto.

Necesitaría saber exactamente como es la comunidad y subcomunidades y los acuerdos que se hayan llegado entre ellas con respecto a este tema.

Lo que se suele hacer es lo que le comentaba anteriormente que en la reunión se decida si entran en ese gasto o no y por qué motivos.

En un principio y sin haber consultado escrituras el ascensor es un gasto general y debieran entrar todos los propietarios.

Perdona que te moleste otra vez, no existen acuerdos de ambas comunidades.

Las escrituras de mi propiedad dicen textualmente, piso quinto derecha; con entrada por avenida Carlos VII Nº 2 . Dicha vivienda pertenece a la casa Nº 33 de la calle General Castaños.

En otro apartado explica, las 2 viviendas del piso 5º y la única del piso 6º de la casa cuya fachada da a la calle General castaños tendrán su entrada por el portal y escalera de la casa cuya fachada da a la calle Carlos VII , a través de un pasillo puente. Los propietarios de estás 3 viviendas contribuirán a los gastos de escalera, ascensor,portal,luz,portería etc.

No teniendo que contribuir en cambio, a los gastos de conservación de esos mismos elementos de la casa de General castaños ,pero si participaran en los elementos comunes de esta ultima solar,fachada,tejado,etc.

La escalera principal de general castaños esta bloqueada por una puerta situada entre los pisos cuarto y quinto.

Y otra duda que tengo para instalar este ascensor deben anular media escalera con lo cual se vería bastante reducida y no se sira esto legal ya que es estructura del edificio.

Perdón por la parrafada. Un saludo

La ultimas sentencias han dicho que el ascensor es un elemento común del edificio y de máxima prioridad por lo que este estará casi por encima de la propiedad privada, ya que incluso se pueden hacer servidumbres (dependiendo de la situación), de pisos y locales.

Por ello su colocación es inminente, y los gastos serán generales a no ser que diga algo la "escritura de propiedad horizontal o estatutos de todo el edificio".

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas