¿Quién debe ser el titular de una cuenta de comunidad de propietarios?

Este año me ha tocado ser presidente de la comunidad de propietarios de mi edificio, la administradora de fincas que nos lleva la contabilidad me dice que tenemos que pasar por el banco a poner la cartilla a nombre de ella y el mio. ¿La de la secretario que no hace falta?

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Respuesta

El titular de la cuenta siempre va a ser la comunidad de propietarios, otra cosa es que como ente necesite que haya personas que la manejen, quien debe hacerlo depende del acuerdo al que hayan llegado en junta de propietarios en años anteriores, lo normal suele ser que las firmas sean mancomunadas, es decir que una sola persona no pueda sacar dinero si no que necesite al menos la firma de otra, lo normal también suele ser que hay tres personas al menos por si falta una en algún momento (vacaciones, enfermedad..) o simplemente por cuestiones de rapidez y es necesario realizar algún pago.

La respuesta a su pregunta la tiene en el libro de actas porque también puede ser que sean simplemente presidente y administrador y que las firmas no sean mancomunadas.

Consulte con su administrador y que le facilite el acta donde se regula como funciona el banco en su comunidad, porque depende del acuerdo al que llegase la junta de propietarios.

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