Quien tiene que pagar unas reparaciones en la comunidad?

Buenas tardes, recientemente he adquirido la vivienda en la que llevo residiendo desde hace cincuenta años, era para empleados civiles de un organismo perteneciente al Ministerio de Defensa, pero hace tres años nos regalaron a los militares y pasamos a formar parte del parque inmobiliario del Invied. En este tiempo se han hecho cargo, a regañadientes de las reparaciones que había que hacer, tienen pendientes reparaciones en el bloque, no en la vivienda de los inquilinos, que aún no han procedido a hacer, pero que ya están avisadas mediante partes oficiales de avería.

Mi pregunta es la siguiente: la semana pasada acepté la oferta de compra de mi vivienda y al firmar las escrituras ante notario, me obligaron a firmar con una clausula que ponía que yo asumía los vicios ocultos puesto que conocía la antigüedad del piso y de la finca. Por ello pregunto: me tendré que hacer cargo de lo que ahora en adelante surja, pero de los vicios ( no ocultos porque ya se les ha comunicado con anterioridad a la compra) se tendrán que hacer cargo ellos, no???, ya que los partes de avería están enviados antes de la aceptación de la compra.

Gracias

Un saludo

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1.- Vicios ocultos son los que no están visibles en el momento de la cesión.

2.- Si le obligan a que repare los vicios ocultos, me extraña que quieran arreglar los desperfectos que hay.

3.- No obstante hay que tener en cuenta quien era el titular en el momento del parte de avería.

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