Vigilancia de Portería

En primer lugar darle las gracias por ayudar con las preguntas que le planteamos.

Tengo la duda siguiente. Queremos poner una cámara que vigile el portal de nuestro edificio y quisiera saber si hay que pedir permisos, cuanta gente tiene que estar de acuerdo y si hay que contratar a alguien externo para administrar las grabaciones o puede ser cualquier vecino asignado y si la instalación la puedo hacer yo mismo en vez de contratar a una empresa.

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Debe aprobarse en junta por 3/5 partes de votos de los presentes art. 17.1 LPH

La puede instalar usted perfectamente pero tienen que tener cuidado con la ley de protección de datos, la cámara solo la podrá visionar aquella persona que este dada de alta conforme a la ley de protección de datos o la policía y las imágenes no pueden estar a la vista ni las puede ver cualquier otra persona es algo que muchas veces no se tiene en cuenta pero hay multas cuantiosas.

Mucha suerte y un saludo
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Optimizo Comunidades Porque ser presidente no debería ser una carga, nuestro trabajo es su descanso

No me ha quedado claro dos cosas.

¿Como se da de alta a la persona que visionara las grabaciones?

¿Lo de que no pueden estar a la vista, quiere decir que tienen que estar en un cuarto bajo llave o como?


Gracias de nuevo.

Tienen que llamar a la agencia de protección de datos ellos les dirán como hacerlo o contratar una empresa que les gestione la inscripción en este segundo caso se eximirían de la responsabilidad para mi es lo mas aconsejable.

Para evitar una multa deberán cumplir todos los requisitos como poner carteles avisando de las cámaras...

Exacto un cuarto bajo llave que solo pueda consultar la persona autorizada o la policía o bien contratar un vigilante de seguridad de una empresa de seguridad homologada para que pueda visionar las cámaras en directo.

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