Puedo negarme a pagar el servicio de portería o conserjería?

En esta comunidad donde hay un portero o lo que se consideraba hasta ahora como portero, pues me entero de que para ser portero es condición indispensable que el piso que habita este, ha de ser de propiedad de la comunidad, por tanto voy a reclamar que se rebaje el salario a esta persona, pues la labor que desempeña es la de conserje y no la de portero.
De todos modos si el dueño del piso donde vive ahora este portero alega que desde ahora se lo alquila a la comunidad para que este viva allí, con cargo a todos los comuneros, quiero saber si al amparo de esta nueva situación me puedo prescindir a titulo personal de los servicios del portero o del conserje, ya que no me interesa en absoluto y sale carísimo.

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Para prescindir del servicio de portería o conserjería hace falta acuerdo en junta usted unilateralmente no puede decidirlo.

Lo que si puede hacer es explicar la situación a sus vecinos y convencerles para que opten por otra opción más acorde con la situación actual y las necesidades de la comunidad.

La junta de propietarios es la que decide todas estas cuestiones y lo que allí se acuerde por las mayorías exigidas por la ley deben acatarlo los propietarios y es de obligado cumplimiento.

Si tiene vecinos que opinan como usted pero no acuden habitualmente a las juntas consiga sus delegaciones de voto para conseguir la mayoría que requiere.

Porque ser presidente no debería ser una carga, nuestro trabajo es su descanso www.optimizo.es

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