¿Quién debe pagar los desperfectos como consecuencia de las filtraciones de agua en un local?

En uno de los locales de la comunidad de la que soy presidenta hay filtraciones por la lluvia. Lo que sucede es que el suelo de este local está más bajo que el nivel del suelo. El lado donde se producen las filtraciones da un un parking provisional del ayuntamiento de Barcelona, no es propiamente una calle. La entrada del local da a otra calle.

El constructor dice que no procede porque han pasado 3 años desde la entrega. Pero yo entiendo que tampoco debería ser responsable la comunidad porque no afecta a un elemento común (No es por un bajante ni es en la fachada ni el techo del local) ¿Estoy en lo cierto?

¿Quien debe hacerse responsable de esta reparación?

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Respuesta

La respuesta la tiene que dar un técnico en la materia.

Si la causa es imputable a un defecto de construcción o un vicio oculto será de cuenta del constructor, si la misma tiene su origen en el local será de cuenta de la Comunidad de Propietarios al ser el titular.

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