Administrador no nos da las cuentas

Somos una comunidad con 49 viviendas, de ellas sólo están vendidas 9, el resto las tiene el promotor, hace unos meses solicitamos al administrador de la finca que necesitábamos ver las cuentas ya que no nos cuadraba la falta de dinero en la comunidad, el administrador al vecino que fue a su despacho no se las quiso dar, se lo indicamos al promotor que es el presidente de la comunidad (creemos que además amigo del administrador) que solicitara las cuentas, han pasado cinco meses y las cuentas están sin entregar por lo que hemos pensado ir todos los propietarios juntos a la oficina a pedir las cuentas, mis preguntas son las siguientes:

-¿Se puede negar el administrador a dárnoslas?

-El administrador dice siempre que no las tiene preparadas, lo que nos da mala espina, ¿qué medidas podemos utilizar?

¿

-? ¿Podemos prescindir de sus servicios en cualquier momento? No nos entrega las cuentas, no hemos llegado a firmar ningún acta

Somos una comunidad de la provincia de Salamanca

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El procedimiento es enviar un escrito fehaciente solicitando las cuentas en un plazo de 15 días, y luego en 15 días aparecer por la oficina para saber si las tiene. De no tenerlas dejar un escrito conforme que pasados los 15 días estas no se le han presentado. Lo que deben hacer también es solicitarle al presidente lo mismo y el procedimiento el mismo.

Si no les facilitan las cuentas como son nueve vecinos de los díez pueden convocar una reunión.

Por lo que aconsejo hagan reunión y decidan las acciones legales a tomar por no recibir la documentación así como el cese del presidente y administrador por los motivos expuestos.

Y luego no les queda otra que acudir al juzgado de guardia para que le den la documentación de la comunidad por tenerla retenida y con esto impedir el curso normal de la comunidad.

He entendido que podemos convocar nosotros como propietarios una reunión, pero yo tenía entendido que era necesario ser el 25% de vecinos o 25% de cuotas de participación para convocar la reunión y yo consideraba que al ser 9 no entrabamos dentro de ello, entiendo por lo que ha dicho que el promotor al tener 40 viviendas cuenta como un solo propietario y un solo voto así que se considera que somos diez propietarios en total y superamos el 25%? Muchas gracias por su respuesta de antemano

Correcto ustedes son el 90% de los propietarios frente al 1% del promotor. En cambio en cuotas seguramente al tener el mas pisos tendrá mucho mas. Pero la ley prevé esto por eso dice de propietarios o cuotas. Y al igual que los acuerdos que se toman por doble mayoría es decir de propietarios y cuotas.

y ya para finalizar, a la hora de elegir un administrador de fincas, el promotor dice que él tiene mayoría y puede elegir al que quiera porque tiene mas pisos. nosotros somos 10 propietarios y él tiene los 39 restantes.

Muchas gracias.

La ley de propiedad horizontal exige siempre doble mayoría, es decir de cuotas y propietarios.

Cierto es que el tiene la mayoría de cuotas, pero ustedes son la mayoría de propietarios.

Tendrían que ir a un juicio de equidad para que el juez resolviera si no se ponen de acuerdo. Pero aconsejo hablen con un administrador "colegiado" de su municipio y que les de un presupuesto para presentar en la reunión y acuerden o no elegirlo.

Con relación a la reunión si la hacen en un día y hora a la que el promotor lo pueda acudir pues mejor que mejor. Es una argucia pero puede funcionar. Así el promotor una vez que se le notifique el acta el acuerdo si no es votado en contra por escrito o impugnado será firme. (Repito esto es una argucia, no tiene porque funcionar)

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