Recibo comunidad del anterior propietario

Buenos días, mi consulta es la siguiente. Adquirimos una vivienda de segunda mano con fecha de 19 de Octubre de 2010. Como supongo que será habitual en el momento de la venta uno de los documentos que se aportan por parte del vendedor (una entidad bancaria en este caso) es la declaración de que la vivienda está libre de cargas y al corriente de pago en la fecha de la compraventa. El administrador de nuestra comunidad me reclama el pago del recibo con fecha 1 de Octubre, aduciendo que la entidad bancaria en cuestión se niega a pagar y que legalmente el recibo corresponde al actual propietario. ¿Esto es así? ¿Qué opciones tengo? Gracias.

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Normalmente los recibos de comunidad se emiten por adelantado, con lo que si Vd. compró el piso el 19 de Octubre de 2010, y estaba LIBRE DE CARGAS, el recibo de Octubre debía haber sido pagado por el anterior propietario- en su caso el banco-.
Tendrá que ver qué fecha tiene dicho certificado y si especifica algo sobre el mes de Octubre.
El problema está en que según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal y respecto a los gastos comunes, el nuevo propietario responde con el piso de las cantidades adeudadas a la Comunidad imputables a la parte vencida de la anualidad en la que tenga lugar la adquisición y el año natural anterior.
Por lo tanto la Comunidad irá contra Vd. y Vd tendría que reclamárselo al Banco. También podría ir contra el administrador y contra el presidente si hay alguna incorrección o falsedad en el certificado de estar al corriente de pago de los gastos generales del piso.

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