Obras en Comunidad Vecina: ¿Debemos pagar?

Hola Buenas tardes:
Mi consulta es la siguiente, sobre Comunidad de Vecinos.
Vivo en un inmueble con 10 vecinos (5 plantas y 2 viviendas por planta), el cual forma parte de una manzana abierta con más portales. Cada portal forma su propia Comunidad de Vecinos con su Junta de Propietarios correspondiente. Y luego existe una Comunidad General de garajes y jardines
Yo vivo en el portal del nº.7. El caso es que en julio de 2009, los Administradores del portal contiguo, Nº. 5 informaron al presidente de mi comunidad (mediante escrito en buzón) que iban a realizar unas obras en su cubierta, y también en la junta de dilatación que une los dos edificios. Posteriormente nos informaron del presupuesto que suponía el arreglo de dicha junta de dilatación, y nos piden que tenemos que ingresar el 50%, ya que consideran que el gasto corresponde a las dos comunidades.
Primero, nos parece excesivo el presupuesto que nos envían (a su vez pasado por la empresa constructora que realizó la obra en julio de 2010), que asciende a 20.800 euros, que dividido entre dos da unos 10.400 euros, que es la cantidad que nos exigen (1.040 euros por vivienda). Nos parece excesivamente costoso para tratarse de un sellado de la junta común entre edificios.
Por otro lado, la comunidad del portal Nº. 5 vecino, en ningún momento nos han convocado a ninguna reunión, ni hemos aceptado ningún presupuesto. No hemos visto ni asistido a la adjudicación de los trabajos ni a los presupuestos supuestamente pedidos. Y sobre todo no teníamos en mi comunidad, ningún indicio de humedades en ningún piso, por lo que los trabajos no eran necesarios. La gestión ha sido llevada exclusivamente por el Portal Nº.5, y a nosotros solo nos piden que paguemos la mitad de la factura. Tampoco tenemos ningún informe de arquitecto o aparejador donde se certifique que dichas obras eran necesarias.
Dicen que las obras que realizaron en su cubierta, obligó a realizar las obras de la junta de las fachadas.
La pregunta es: ¿Debemos pagar? O por el contrario nos podemos oponer, ya que dichas obras no las hemos encargado ni aprobado.
Un saludo y muchas gracias
Respuesta
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Al no informarles de las obras, ni aprobarse en junta, ni ver los presupuestos no están obligados a pagar, deberían haberles informado antes de iniciarlas y decidir ustedes, no para pagar.

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