Pago de deuda en comunidad de vecinos

Hola. Mi problema es el siguiente, en julio compré un piso, esta semana hemos hecho una reunión de vecinos en la cual se ha expuesto el siguiente tema. Hace unos años el patio interior que hay en nuestra finca (corresponde a mi bloque pero linda con otro bloque de edificios) se inundó con lo que hubo filtraciones en el bajo del otro bloque de edificios. Estos denunciaron a la comunidad de mi bloque y nos toca pagar un dineral. Mi pregunta es si dicho dinero me correspondería pagarlo a mi o al anterior propietario ya que era el quien vivía aquí cuando ocurrieron los hechos en cuestión y puesto que mi seguro no se hace cargo ya que como me han dicho, los hechos ocurrieron antes de hacerme yo la póliza.
Agradecería cualquier aclaración.
Un saludo

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La ley de la propiedad horizontal obliga a hacerse cargo al comprador de las deudas de la comunidad del año de la compra y el anterior en virtud del artículo 9.1 LPH, el problema es determinar el origen de la deuda puede considerarse que es en el momento que se hizo el daño o en el momento que se hace exigible, con lo que podría acabar en juicio.
Intente reclamárselo al anterior propietario en virtud de este artículo es posible que se haga cargo, pero si se cierra en banda tendría que hablar con un abogado para con toda la documentación en la mano ver la viabilidad de la demanda.
914254481/626764724

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