Reclamación de daños a comunidad de vecinos.

Pues resulta que yo compré el piso hace ahora un año y hace dos hubo una avería en la bajante general que ocasionó desperfectos en uno de los locales de abajo. Ahora el seguro de este local ha interpuesto una demanda contra la comunidad de vecinos para que paguemos los desperfectos. Los vecinos me dicen que yo tengo que hacerme cargo del pago de esa derrama ya que es ahora cuando nos reclaman. Pero yo pienso que si cuando sucedió el percance, yo no era propietaria, por mucho que sea ahora cuando reclamen, quien debería hacerse cargo es el antiguo propietario. No sé si estoy en lo cierto o no y es por eso que me dirijo a usted por si pudiera sacarme de dudas al respecto.
Espero pueda ayudarme, quedo a su disposición y le envío un cordial saludo.

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Si, tienen todos razón, pero será una demanda encadenada ellos a usted y usted a su antiguo propietario ... no tienen porque hacerlo ellos al antiguo propietario, el juez dará la razón a quien la tenga
Disculpa que te moleste otra vez pero yo estuve en mi seguro y el abogado me dijo que a quien le correspondía pagar esos daños era, por lógica, al antiguo propietario. Me puso el ejemplo de un coche que en un accidente choca con una farola y al tiempo ese coche se vende; después de vendido se le reclaman los daños de esa farola y según él, a quien deberían reclamárselos sería al que ocasionó los daños en la farola, no a quien es en ese momento el propietario, solo por ser el propietario.
Se supone que yo compré la casa sin ninguna carga y así está estipulado en el contrato de compra-venta.
Y en el caso de que ellos me demandaran, para poner yo la demanda al antiguo propietario, ¿necesitaría abogado? ¿Podría hacer uso de la justicia gratuita?
Cumplo los requisitos para poder solicitar la justicia gratuita pero no sé si siendo la parte demandada tengo derecho a ella.
Estoy hecha un lío y no entiendo nada, yo no vivía aquí cuando sucedió el percance, no era la propietaria, no tiene lógica que tenga que hacerme cargo los gastos que ocasionó.
Gracias por tu tiempo. Un saludo.
Si, tiene derecho a un abogado de oficio y esos son tan buenos como los de pago .
Por otra parte . usted les puede demandar por demanda improcedente, y por tanto el abogado de ellos cuando quieran poner demanda o no les dirá si es conveniente o tienen todo perdido puesto a quien hay que demandar es al antiguo propietario
la lógica en los juicios no funciona, solo los hechos, al final es burocracia. Usted poco puede hacer más que defenderse con ella . si alguien quiere demandarla, sea lógico o ilógico ... es lo que hay, usted defiéndase y si lo ve completamente descabellado demandeles usted a ellos por demanda improcedente pidiendo daños y perjuicios por todo lo ocasionado.
Muchas gracias de nuevo por su tiempo. Y estoy de acuerdo con usted, los abogados de oficio pueden ser igual de buenos que los de pago y hasta mejores. Y sé que la justicia y la lógica no tienen porque ir de la mano pero sería lo suyo. Un cordial saludo y gracias por ayudarme.

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