Vecino moroso

Hola:
¿Me gustaría que me ayudéis una vez más.Uno de mis vecinos debe 2 años de comunidad y le ha embargado el piso el banco porque no debía pagar la letra de la hipoteca supongo porque nosotros no habíamos iniciado acciones contra él .Mi pregunta es si el banco tiene que hacerse cargo de la deuda?.
Gracias por todo
Respuesta
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Sí, el nuevo propietario salvo que hayan presentado un certificado libre de cargas durante el embargo, cosa que no ha podido pasar si era moroso podéis reclamarle las deudas de esos 2 años.
Para ello tenéis que hacer junta y en el orden del día debe aparecer específicamente un punto que recoja lo siguiente: Liquidación de deudas. Aprobación de autorización al presidente para tomar medidas judiciales o extrajudiciales para la reclamación de deudas.
Se somete a votación aprobáis la liquidación y decidís un plazo para el pago (15-20-30 días es lo normal) redactáis el acta (si es posible que también aparezca el número de cuenta de la comunidad) y enviáis ese acta por carta certificada al nuevo propietario en este caso el banco. La experiencia en estos casos me dice que ellos estarán interesados en estar al día de los pagos y se harán cargo de la deuda sin problema.
En caso contrario, vuelve a formular otra pregunta sobre como actuar si transcurrido el plazo de pago no han ingresado el dinero y te diré los pasos a seguir.
¿Perdona pero el certificado libre de cargas se lo tiene que haber dado el presidente o administrador verdad? Porque como te comenté no se llegó a realizar ninguna acción legal contra el dueño del piso.
Si es así evidentemente no se lo dio nadie
Un saludo.
Eso es, el certificado lo expide y firma un cargo de la comunidad, bien el presidente o el administrador.

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