Cerramiento terraza y mancomunidad

Espero me puedas resolver la duda.
Vivo en un edificio, de los que se construyen ahora con piscina y otras zonas comunes en la parte interior de la comunidad. Yo vivo en un Bajo, y al parecer la Mancomunidad está dividida en dos fases, con lo que hay 2 comunidades diferentes con los portales del 6-12 y del 14-20 (el edificio es un cuadrado, en el centro patio con las zonas comunes y teóricamente dividido por la mitad en 2 comunidades diferentes)
Los vecinos de los bajos de enfrente (teóricamente de otra comunidad, portales 6-12) han realizado un cerramiento en sus bajos, ya hace más de un año. Y yo estoy interesado en realizarlo también, pero en mi parte nadie la ha hecho. He hablado con el presidente de la mancomunidad y pedido permiso para realizarlo también, aunque ni siquiera se si tendría que haberlo pedido. En fin, la mancomunidad me informa que por su parte no hay problema, pero que tiene que debatirse en una reunión de mi comunidad (portales 14-20).
Dado que los vecinos de los bajos de enfrente (pertenecen a la mancomunidad, pero teóricamente otra comunidad) ya lo tienen y se ven perfectamente los cerramientos en las zonas comunes de la mancomunidad, ¿realmente tengo que pedir permiso a mi comunidad?

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Todo depende de los estatutos de la comunidad, así que creo que deberías consultar con el administrador y que te diga
Perdona que te moleste de nuevo, me he leído los estatutos y,
Artículo 4: Cada propietario podrá ordenar, a su costa, las obras y reparaciones que le interesen dentro de su respectivo departamento, no afectando al resto del edificio ni perjudicando a los demás condueños y previa la correspondiente licencia municipal de obras.
¿Esto quiere decir que no tengo que pedir permiso?
En caso de tener que pedirlo, en el funcionamiento orgánico de la comunidad pone:
6.- Se exigirá la unanimidad para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modifiicación de las reglas contenidas en el titulo constitutivo de la propiedad. Para la validez de los demás acuerdos, bastará el voto de la mayoría de los propietarios presentes en la Junta...
¿Tendría qué aprobarse por unanimidad o valdría la mayoría?
Gracias por la ayuda
En el artículo 4 te especifica DENTRO y por lo que entiendo tu quieres hacerlo fuera por lo que creo que debes pedir el permiso y que con la mayoría es suficiente

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