Denuncia de vecino

Me ha tocado este año la presidencia de la comunidad en la que vivo y hay un vecino que tiene unas humedades en su vivienda, el vecino inicialmente ha cursado una reclamación al constructor la cual no ha prosperado pues otro vecino ha hecho reformas el la terraza de al lado y el constructor dice que se ha desvirtuado la construcción y no se hace responsable de los daños, ahora el vecino pretende denunciar a la comunidad de propietarios, sin haber notificado a la comunidad por escrito de los problemas que tiene en su vivienda.
¿Tiene la obligación de notificar a la comunidad de propietarios antes de interponer una denuncia?, si no lo ha hecho, ¿debería la comunidad pagar las costas?
Además, el citado vecino ha hecho reformas en el interior de la vivienda y no ha notificado a la comunidad dichas reformas. ¿Puede la comunidad imponer algún tipo de sanción para con el citado vecino?.

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Por el momento, habría que estudiar y peritar si efectivamente las humedades de un vecino están causadas o no por las acciones de obras ejecutadas por el otro vecino. Ante esto habría que; saber si las obras del vecino en cuestión fueron facultadas y permitidas por la propiedad y si se dio parte al Ayuntamiento del Municipio de las mismas y estas no contravienen ninguna norma urbanística.
Al respecto hay varias posibilidades:
a) Que no haya una causa concreta de las humedades y que estas sean consecuencia directa del constructor, lo que es difícil de demostrar, y más si ha vencido el periodo de garantía.
b) Que la Comunidad sea responsable - debiendo responder el seguro de esta.
c) Que el vecino de la terraza sea el responsable - debiendo responder su propio seguro de RC de los daños causados al otro vecino.
Sea como fuere, el vecino que sufre la humedad, debe notificarlo a la Comunidad quién debe dar parte a su seguro para que asista el perito y valore el alcance del problema y si es responsabilidad de la Comunidad (en el caso de que cubran el siniestro producto de filtraciones de agua, que no está cubierto por todas las compañías de seguros).
Así mismo, habrá que dar parte al seguro del vecino de la terraza indicando que esa posible obra esté propiciando la humedad del vecino, siendo de la responsabilidad de este el solucionar el problema.
El vecino puede actuar como crea conveniente, puede interponer la demanda sin previo aviso. Tras la recepción de la demanda, la Comunidad debe ponerlo en manos de su seguro quién llevará la defensa legal de la misma contra el vecino, será el juez quién determinará quién tiene razón, y a quién corresponden las costas del hipotético juicio, aunque estos temas se solucionan por el pacto entre compañías y no suelen prosperar las demandas.
Las obras privadas que no alteren o no incidan sobre elementos comunes son de libre ejecución, no es necesario dar parte a la comunidad para reformar una cocina (si para una terraza), pero si que hay que realizar una notificación de la obra al Ayuntamiento, bien mediante comunicado si la actuación es mínima o bien mediante petición de licencia de obras menor en el caso de que así sea requerido.
Si lo desea y me manda los datos siguientes - nombre de la comunidad, dirección y población, nº de portales, de plantas, nº de viviendas, m2 totales construidos del inmueble, m2 de garaje, m2 de locales comerciales en bajos si los hubiera, año de construcción, año de última reforma realizada en instalaciones del edificio, así como precio de la póliza actual y nombre de la cia, trataré de mandarles un proyecto para que lo comparen con la actual póliza y ver si les puedo mejorar coberturas a menor coste.
Un saludo
Jaime Feiner
Catalana Occidente
[email protected]

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