Cedula de habitabilidad perdida que el ayuntamiento no quiere renovar

Estoy interesado en la compra de un inmueble, es un chalet de 100m2 y 3500 de parcela, construido aprox. En 1980, en la provincia de Valencia, el inmueble dispuso de luz y agua de red hasta que fue embargado por un banco, el cual, como en todos los casos da de baja todos los suministros, al poner el inmueble en venta el ayuntamiento de la localidad a la que corresponde dicho inmueble se niega a dar de nuevo la cedula de habitabilidad.

Dicho todo esto, me gustaria saber si se puede hacer algo para que el ayuntamiento renueve la cedula o por si el contrario es el ayuntamiento el que tiene plena potestad de decidir si la concede de nuevo o no.

2 respuestas

Respuesta
1

Salvo especialista que me eche al lado...

Esto me ha hecho leer un poco, la verdad.

En principio y dada la caducidad de la cédula de habitabilidad, (observe que aunque tienen tiempo de caducidad, no suelen dar problemas ya que el usuario sigue habitando en la vivienda y con ello su servicio de luz, agua, gas etc., y no pasa nada), pero como el banco expone ud que cortó todo servicio, ahora para el alta de estos mismos otra vez le requerirían la famosa cédula. Una vez caducada y por lo leído entiendo que ud y supongo que de forma particular debiera solicitarla a un arquitecto técnico que la confeccione, el cual por escrito dará fe del estado de habitabilidad de la vivienda. Una vez se tenga este documento y acompañado posiblemente de copia de escrituras o nota simple del Registro de la Propiedad que identifique la vivienda,( u otros que le requieran ), lo presenta en el ayuntamiento y en base a este informe del arquitecto expedirán una nueva.

Supongo que el problema pudiera ser generado por el hecho de que el ayuntamiento le dice que no la expide porque no quiera enviar arquitectos del ayuntamiento y en todo caso debieran de ser recibidos por técnicos particulares. Por otro lado... si el banco vende esta vivienda me pregunto el por que no gestionan la cédula ellos.

Le recomendaría que consulte para mayor seguridad en el ayuntamiento sobre si ud contrata el servicio del arquitecto técnico y al banco de por que no lo gestionan ellos si la tienen en venta.

Como colofón le diría que efectivamente y previos informes técnicos, son los ayuntamientos los que emiten esa cédula de habitabilidad... que por cierto ahora tiene otro nombre y no recuerdo.

Le adjunto un link orientativo.

http://www.fotocasa.es/blog/hogar/reformas/que-es-la-cedula-de-habitabilidad-y-como-tramitarla 

Un cordial saludo y espero le pueda orientar.

.

.

Respuesta
1

Ante todo considero que es el vendedor de un inmueble el que debe preosuparse de que ese inmueble pueda utilizarse para el fin que se compra, servir de vivienda al adquirente, salvo evidentemente que el precio sea una "ganga" y por lo tanto el que compra sepa lo que adquiere.

Por otra parte el Ayuntamiento tiene la potestad de emitir o no esa cédula, pero eso es una potestad reglada no arbitraria, es decir si solicita con todos los requisitos exigidos debe emitirla y si la deniega debe comunicar al solicitante las razones de esa denegación y los recursos que tiene contra ella.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas