Casa sin cedula de habitabilidad

El mes pasado firmamos escritura de nuestra primera casa. El caso es que en la casa hay que dar de nuevo el alta de agua y luz y nos piden la cedula de habitabilidad que parece ser, según nos informa la inmobiliaria, no tiene. Veo que una cedula de habitabilidad no te la dan fácilmente. Mi pregunta es: ¿Es legal vender una casa sin cedula de habitabilidad? Estoy empezando a pensar que nos han engañado.

2 respuestas

Respuesta

Yo tuve que pedir una cedula de habitabilidad cuando me fui de alquiler porque tenia que dar de alta la luz. Tienen que ir del ayuntamiento a comprobar que la casa esta en condiciones habitables y si lo esta te dan la cedula sin ningun problema . No se quien te habra dicho que no te la dan fácilmente. En cuando si es legal vender una casa sin ceduda de habitabilidad, lo habitual es que el notario exigiese toda la documentación (cédula incluida) pero también es habitual que si falta algún papel, se deje anotado en la escritura de compra-venta que el comprador asume esa falta y todas las responsabilidades que conlleve. Vamos que yo creo que si que es legal. A ver si te lo pueden asegurar

Respuesta

Desde finales de los años 80 ya no se llama Cédula de Habitabilidad, sino licencia de primera ocupación, aunque se siga usando el término de Cédula por costumbre.

Si has comprado una vivienda nueva o con menos de 10 años, el notario no debería de haber realizado una escritura si la vivienda no tiene la licencia de primera ocupación. Además, como bien te dicen, sin esa licencia no te pueden dar los servicios básicos de agua, alcantarillado y energía eléctrica.

Para obtener la Licencia de Primera Ocupación (LPO), los pasos a seguir son los siguientes:

1.- El arquitecto que llevó la dirección de obra y el aparejador tienen que emitir el Certificado Final de Obra (CFO), con sus documentos adjuntos y los modificados sobre el proyecto original si los hubiere.

Eso suele tener un coste económico en función de las condiciones pactadas con el cliente cuando se les encargó la Dirección de Obra.

Con el CFO debidamente visado, tienes que ir al ayuntamiento y solicitar la LPO. Eso también tiene un coste económico en función de la tasa que aplique cada ayuntamiento.

Una vez que tengas la LPO, entonces, la construcción pasa oficialmente de ser una obra a ser una vivienda y por tanto ya tienes derecho a los enganches de agua, alcantarillado y electricidad.

Salvo que sea una casa antigua, como ya te dije, no entiendo como el notario realizó una escritura de obra nueva sin LPO. A no ser que lo que te vendieran sea una escritura de "obra en construcción", que es legalmente lo que es una construccion que no tiene la LPO.

Muchas gracias, la vivienda es antigua y esta por reformar. Necesita instalación eléctrica y tuberías nueva. Así como arreglos básicos de albañilería. Saludos

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