¿Las vacaciones escolares de Semana Santa recogidas en un convenio de divorcio de mutuo acuerdo que fechas comprenden?

En el Convenio de Divorcio suscrito de mutuo acuerdo se reflejó que se partirian por mitad las vacaciones escolares de semana santa, no aclarando más, no se reflejan fechas concretas, solo pone eso, vacaciones escolares de Semana Santa. Como ahora no llegamos a un entendimiento necesito saber a que se refiere exactamente, ¿son las vacaciones escolares fijadas por la Consejería de Educación de la comunidad en la que vivimos?, o ¿Se puede interpretar de otra manera?

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Las vacaciones escolares se rigen por el calendario escolar oficial de la comunidad autónoma correspondiente. Los días se reparten por mitad.

La otra parte se empeña en incluir el fin de semana anterior al que se especifica como vacaciones escolares de semana santa en el calendario escolar de este año en Murcia. Según este las vacaciones comienzan el lunes 30 de Abril, entonces ¿habría que contar desde esa fecha?

Si el calendario dice que empiezan el 30, el fin de semana previo a las vacaciones forma parte del régimen de estancias habitual, no serian vacaciones.

Las vacaciones cuentan de fecha a fecha. Del 30 hasta el ultimo día. La entrega o recogida se hará el día intermedio a la hora establecida, que suele ser a medio día.

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