URGENTE Base de calculo indemnización por despido

La empresa para la que trabajo va a informarnos el lunes que va a despedirnos a todos (3 trabajadores), sera un despido objetivo alegando causas económicas, la empresa hace años que tiene problemas de liquidad aunque no de patrimonio y nunca ha querido despedirnos porque entonces le salíamos demasiado caro, ahora que los despidos objetivos parce ser que son más fáciles sera cuando lo haga.
La asesoría que tiene la empresa dice que la liquidación se calcula en base a las contingencias comunes, que en nuestro caso es inferior al sueldo bruto mensual. He consultado en algunas otros sitios y parece que no esta muy claro porque cada uno dice una cosa diferente.
¿Podría por favor aclararme esta duda?
También llevamos dos años reclamando a la asesoría los trienios que nos corresponden y no tienen interés en darnos las cifras, primero alegando que como estamos por encima del convenio no nos corresponden, aunque yo he leído el convenio y de lo que dice deduzco que por supuesto tienen que pagárnoslos aunque si calculados en base al salario según convenio y no a lo que en realidad cobramos.
Por ultimo debo comentar que mi categoría es oficial administrativo de segunda, tengo entendido que después de unos años en esta categoría, creo que dos, pasaría automáticamente a oficial administrativo de primera pero la asesoría siempre me dijo que eso daba igual porque mi sueldo estaba muy por encima del convenio, aunque claro esta ahora pensando en los trienios veo que si me afecta, ya que el salario s/C de un oficial de segunda no es el mismo que uno de primera. ¿Puedo reclamar esto también para el calculo de los trienios?

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El despido se calcula sobre las bases. Si tienes conceptos extrasalariales en tú nómina no cotizan y se suelen pagar en 11 mensualidades, no computando ni para pagas extras, ni para el paro, ni para despidos. No se que convenio de referencia tenéis, pero no todos los convenios admiten pluses extrasalariales.
Si el despido es objetivo os tienen que dar un mes de preaviso y en el caso que no sea así abonarlo. Además, para que el despido sea objetivo tendrán que detallar la cuentas que lo justifique.
Sobre los trienios, comentarte sin afirmar y sin conocer el convenio, que tú caso que estás muy por encima de convenio, me extraña que la asesoría no haya incluido en la estructura de la nómina los trienios, pero sin conocer no me aventuro a más.
Muchas gracias por su amable respuesta.
Estoy en el convenio de oficinas y despachos. Los trienios nunca se nos han incluido en nomina porque la asesoría dice que no nos corresponden al estar por encima del salario según convenio, pero como explique en mi pregunta el convenio no dice nada de eso y si que los trienios se calcularan sobre el salario de este en los porcentajes estipulados.
Con respecto a los conceptos que tengo en nomina son sueldo bruto donde va la mayor parte y luego locomoción, plus de transporte y dietas todos ellos aplicados en el calculo de las pagas extras.
¿La base de contingencias comunes que tengo en nomina es de 2.951,98 el salario es algo superior aunque no mucho pero si se utiliza este dato para el calculo de la indemnización que pasa con las pagas extras? ¿Quiero decir se calcula los 2951,98x12 o por 14?
Me gustaría saber que ley, normativa, etc... publica que el calculo se hace sobre las contingencias comunes y no sobre el total del salario.
También me queda la duda de la subida de categoría a oficial de primera que le comente en el post anterior.
Gracias de nuevo
Comentarte que dentro de las bases están incluidas las pagas extras. Las pagas extras se cotizan prorrateadas en 12 mensualidades por lo que tu base mensual debería de ser más alto que tu bruto mensual, supongo que en la nómina te vendrá desglosado. Cuando te abonan las pagas dado que ya has pagado esas retenciones solo te aplican el IRPF.
Las dietas y el plus transporte no son conceptos cotizables y por ello no entran dentro de las bases. No computan para una baja ni para el paro ni para un despido. Esos salarios extras están además libres de seguridad social. Si hay sentencias que hayan incluido el plus transporte pero son pocas...
En el caso que puedas demostrar que esos conceptos son salariales podrías reclamarlos para el importe del despido.
Sobre los trienios no te se decir a ciencia cierta. Con lo mejorado del salario me parece complicado reclamarlo, al igual que la categoría profesional. Digamos que la categoría y los trienios son mejoras que tienen los convenios para aumentar salariarmente, pero dado que tu estás por encima no lo tengo claro. De todas maneras lúchalo todo, ya que siempre tienen las de ganar los trabajadores. Hay abogados que te asesoran en una primera visita de forma gratuita.

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