Cobrar un trabajo de baja cuantía con cobros periódicos: ¿Cómo autónomo o como asalariado?

He sido personal contratado en la universidad durante 2 años. Ahora me ofrecen pagarme 600 € mensuales (brutos), durante un mínimo de 7 meses, y puedo elegir entre contrato, o cobrarlo a través de factura (dándome de alta como autónomo). En la universidad insisten en la segunda opción, pero temo que ello tenga perjuicios sobre mi vida laboral: sobre el desempleo generado los dos años anteriores (tengo derecho a 8 meses), sobre el nuevo desempleo que me pueda generar, etc. Soy absolutamente lego en la materia, ¿alguien podría aclararme detalladamente los pros y contras de cada una de las dos situaciones?

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No se de que trabajo se trata, pero el alta en autónomo por 7 meses con unos ingresos brutos de 600 euros me parece una salvajada.

Me explico: si el trabajo es de educación reglada, esta exento de IVA (bien), pero trimestralmente hay que liquidar un 20% sobre los beneficios a hacienda a cuenta de la renta del año siguiente (supongo que el trabajo ese no genera gastos, compra de material ni nada), o sea que hay que soplar aproximadamente 360 € trimestrales al Fisco. Amen de que si es una actividad de educación (actividad profesional) llevaría un 9% de retención, es decir unos 54 € menos cada mes, amen de los 256,72 € mensuales de seguros sociales.

¿Qué te queda? 600-54-120-256,72= 169,28€. Y sin generar derecho a paro, aunque no perderías los 8 meses que te quedan de paro.

Si no se trata de un trabajo de educación, olvidate, por que entonces con los 169, 28 € tienes que liquidar el IVA.

En régimen general:

La universidad te contrata y es ella la que paga a la seguridad social, solo te quitan aproximadamente un 4,7% en concepto de seguridad social a cargo del trabajador, y por ese importe seguramente no te corresponda retención fiscal ninguna, con lo que prácticamente liquido te queda 600-4;7%(28,20)=571,80 y cotizando a desempleo.

Ten en cuenta que estos números se han calculado utilizando el método de la vieja y pueden variar algo con la realidad, (ajustes, convenios, porcentajes, ...) pero no. suelen ser muy diferentes.

Obviamente, la universidad en la segundo opción se ahorra los seguros sociales a cargo de la empresa, que son mas del 30%.

Muchas gracias por la aclaración. En caso de que me contraten, me descontarían a mí la seguridad social que deberían pagar ellos, por lo que calculo que entre esa cantidad (32%), el IRPF (2%) y la seguridad social a cargo del trabajador (me han dicho que sería en torno a 6,4%), cobraría limpios alrededor de 360 €.

Tengo dos dudas respecto al paro:

1. Si estoy dado de alta, ¿puedo perder parte de la prestación de desempleo que me correspondía por mi anterior trabajo (contratado 2 años)?

2. Si me hacen contrato, ¿la nueva cotización a desempleo afecta a la prestación de desempleo acumulada en el anterior trabajo?

Si te dan de alta tienes que comunicar al inem una suspensión de la prestación por alta nueva. Una vez finalizado el trabajo, después de esos 7 meses, tienes la opción de reanudar la prestación suspendida, con lo que no perderías paro.

La nueva cotización a desempleo no afecta para nada al paro reanudado posteriormente, ya que este ha sido calculado por los dos años anteriores. Si genera derechos para un paro posterior, al que si afectará.

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