Multa por botellón

Hola.
Primero de todo, agradecerte el tiempo, que ddicas, a ayudar a otras personas, en asuntos juricidicos.
Mi duda es la siguiente:
El día 22 de febrero de 2009, nos pusieron una multa por beber en la calle en Salamanca. (Yo vivo en Madrid)
Hoy 11 de Mayo me acaba de llegar a casa la propuesta del técnico de administración general del servicio de Policía y actividades clasificadas sobre incoación de expedienta sancionador.
En dicha propuesta, me dicen que tengo un periodo de 10 días, para presentar alegaciones, y que sí durante este periodo quiero pagar el importe de la multa, se me aplicara un descuento del 50 %, pero en ningún momento se me pone donde efectuar el pago, ya que yo no vivo en Salamanca, por lo que deberían poner un numero de cuenta.
¿Es esto legal? ¿Se puede poner algún recurso basándonos en esto?
Además en este expediente adjuntan el acta de Denuncia e Inspección, en el cual la fecha que viene en Circusntacion de tiempo y Lugar, no coincide con la fecha que viene en el apartado de "Para que conste", ya que en uno pone febrero de 2009 y en el otro pone febrero de 2008.
Mi pregunta es: ¿Puedo recurrir o presentar un recurso, basándome en la no coincidencia de fechas? ¿Cómo debe ser ese recurso o que debo poner en el?
Muchas gracias por adelantado.

8 Respuestas

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El documento de denuncia que se entrega, tras constatar una infracción administrativa, en su reverso, suele hacer una referencia a la entidad/des bancarias en que puede hacerse el pago, se acude a esa entidad y ellos se encargan de ingresar el dinero y entregarle un justificante de pago.
Al no poder examinar el documento no puedo aventurar un juicio sobre posibles errores del mismo, pero, en mi opinión, en estos casos lo mejor es abonar el importe de la multa, y aprovechar la rebaja por pronto pago, ya que la Administración desestima por sistema los recursos y tendría que acudir a la jurisdicción contencioso administrativa tras agotar la vía administrativa, y una vez allí el testimonio de los agentes intervinientes y el acta que extendieran tiene presunción de veracidad.
Por cierto, vivo cerca de una zona donde se practica botellón y le aseguro que es angustioso no poder dormir por el ruido que genera.
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No se si te has dado cuenta, pero has expuesto tu pregunta en el apartado de ginecología.
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Tal como te indica puedes presentar alegaciones a la propuesta de resolución.
La no coincidencia de fechas puede ser utilizado para desvirtura la realidad de los hechos, aunque no es garantía de que se archive.
Las alegaciones son previas al recurso y la intención es que no llegue a hacer falta porque se archive.
Lee la denuncia, detrás pondrá el órgano ante el que tienes que presentar recurso. (Ejemplo: aYUNTAMIENTO DE SALAMANCA) bien pues arriba encabezamiento pondrás: Al Ayuntamiento de Salamanca...
Puedes presentar en tu localidad con el objeto se traslade a la otra localidad.
En las alegaciones enumeras que tu no estabas en el citado lugar que indican, y que no sabes a que se refieren los hechos pues en el hecho tal pone 2008 y en el otro pone 2009
en base a eso pones al final SUPLICO que se declare la no procedencia de la sanción, archivando el presente procedimiento .Es Justicia que se pide en tu ciudad, a fecha de tal de 2009
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El recurso se puede hacer, respecto a lo que me has dicho y supongo que algún error más habrá pero decirte como hacer el recurso, es hacer el recurso ya que es complicado explicarte ahora en base a que leyes y disposiciones has de hacerlo.
Si te interesa y no lo consigues yo podría hacértelo, ya me dirás.
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La mejor forma es recurrir esa denuncia por defecto de forma, ya que es incompleta, en toda denuncia deben concurrir las siguientes clausulas informativas:
Art. En que se funda la denuncia.
Los datos del denunciado
Cuota de pago y en su caso reducciones por pronto pago
Forma y lugar de pago
Recursos establecidos.
Por lo que veo en tu caso faltan los dos últimos puntos.
Los recursos basados en defecto de forma teinen más salida que si pones no coincidencia de fechas, o cualquier otra cosa, y de todas formas no te aconsejo que en el mismo recurso pongas las dos cosas, haz un escrito por defecto de forma y si te viene denegado entonces haces otro por las fechas defecto en el contenido, o si prefieres haces los dos a la vez pero por separado en diferentes documentos, que es mejor.
Haz el escrito y adjunta una copia de la denuncia, nunca original, al menos hasta que te la pidan, y tendrás que preguntar en jefatura de madrid donde tendrás que mardar el recurso, a lo mejor si el poli es simpático te quita la multa en el acto, y si no pues la mandas a donde te diga. Cuando vayas a jefatura, se listo y se muy amable y cordial, preocupado incluso, no te hagas el listo diciendo lo de defecto de forma, si no más bien, "creo que hay un error en la denuncia, esta incompleta..." (pero que no te escriba en ella, lleva una copia y la original en el bolsillo) y buscate a un poli viejo, que son menos altivos que los recién salidos, (por regla general, que no siempre, claro) y a lo mejor te hace el favor o te indica algo de interés para que puedas salir ganando, seguro que la información va acompañada de una reprimenda, pero siempre es mejor que perder tiempo y dinero.
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En principio por el error material cometido la notificación no cabría recurso alguno.
Respecto al pago de la multa, creo que se hace por giro postal haciendo constar el número de expediente y remitido a la entidad que te ha enviado la notificación.
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En principio si recurrieras por eso no te serviría de mucho, ya que tan slo es un defecto de forma y es subsanable por la administració, por o que no te va a suponer que no tengas que pagar.
Yo tupagaria aunq comprendo q es una putada, pero paga y beneficate del 50%.
Si no sabes exactamente donde pagar, llama al ayuntamiento y que te lo digan
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Si no estás de acuerdo con la multa puedes recurrirla. Un recurso es sencillo, pones tus datos personales y alegas en lo que no estás de acuerdo con la multa.
Si quieres saber dónde pagarla pregunta en el Ayuntamiento de Salamanca, allí te informaran

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