Despido

Hola,
por comentarios que he oído y por cosas que veo me temo que en breve me va a despedir. En el momento en el que estamos no hay casi trabajo y soy la última persona en entrar en la empresa así que todas las papeletas caen en mi.
No estoy muy puesta en estos temas y no quiero que me engañen, me llevo muy bien con mi jefa pero se que por su empresa hará lo que sea incluso intentar hacer un despido improcedente cuando no hay motivo. O engañarme en no pagarme todo lo que me tendría que pagar. Así que, me gustaría saber como actuar en el momento de que me de a firmar mi despido y finiquito.
Me gustaría saber cuanto tendría que cobrar de finiquito y lo proporcional a las pagas extras y vacaciones no disfrutadas.
Llevo 2 años y un mes trabajando en esta empresa cobrando 1216 euros brutos al mes más dos pagas extras, en lo que llevamos de año sólo he cogido un día de fiesta. Por otro lado, este año no nos ha subido el IPC así que me gustaría saber si es obligatorio que lo suba y si se lo podría reclamar.
Muchas gracias de antemano.

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En el artículo "el finiquito" de mi web tienes explicado lo que tiene que pagarte de finiquito.
Por otro lado, para calcular el finiquito primero hay que ver que las nóminas sean correctas. No sólo en cuanto a la subida del IPC, que también, sino fundamentalmente que estés cobrando lo que dicen las tablas salariales actualizadas al 2009 de tu convenio aplicable, que puede que ni siquiera sea el que te están aplicando. Por supuesto eso no te lo van a decir en la asesoría de tu empresa. El mejor sitio es un sindicato. Una vez sepas lo que tienes que cobrar sabrás lo que te debe (puedes cobrar lo que te falte de los 12 meses anteriores al despido) y el finiquito, porque este se calcula en función de la nómina correcta.
Aparte está la indemnización, aunque ésta se calcula también en base a la nómina. Si tienes contrato indefinido y te hace un despido que reconozca como improcedente en la carta, debe ingresar la indemnización (sólo la indemnización) de 45 días (brutos con pagas extras) por año en el juzgado en el plazo de 48 horas. Si no lo hace entonces puedes demandar y aparte de la indemnización tendrá que pagarte los salarios de tramitación.
En resumen, que te vayan mirando las nóminas y cualquier documento de despido que te ponga a firmar sólo lo firmas si te da una copia firmada y sellada por la empresa. Si te la da, entonces tú firmas, pero poniendo siempre "no conforme" y la fecha real de entrega.

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