Mi padre avaló el alquiler de un local a un familiar y el banco le ha enviado una carta por impagos.

A continuación explicaré mi problema, espero ser lo más claro posible, gracias por su ayuda.
Bueno, el caso es que tenemos un familiar que quería conseguir el alquiler de un local, ¿para ello necesitaba a alguien que avalara la suma de 26.000? (El traspaso)
Le pidió ayuda a mi padre, el cual, y sin que mi madre se enterará firmo el aval personal con ayuda de un amigo que tiene en el banco.
Mi padre es el único que actualmente trabaja, ya que mi madre esta en paro y solo trabaja de vez en cuando.
Han pasado 4 meses desde aquello, y ayer mi madre encontró una carta del banco en la que informaban de que el avalado no había pagado ni un solo mes desde que empezó.
Ante tal situación tanto a mi hermana y a mi como a mi madre nos ha dado un fuerte "bajón", ¿ya qué para afrontar este problema deberíamos pagar como mínimo 260,1? (¿Según la ley que indica que solo nos pueden embargar el 30% del sueldo que supere los 633,30?) ¿Al mes durante unos 8 años hasta llegar a a los 26000 euros y además mientras que el avalado no pague la suma se incrementa en 30? Más cada mes de intereses.
El avalado es un autentico inútil que nunca ha dado un palo al agua, y que, casi con seguridad, no va a pagar nada respecto a este tema.
Tiene 25 años, y no tiene nada a su cargo ni dinero en el banco, no quiere trabajar y a ojos de un banco nunca va a tener dinero ya que no lo ingresará ni comprara un piso a su nombre. Ya se que fue una gran irresponsabilidad por parte de mi padre, pero el siempre quiere ayudar a todo el mundo y más si tiene que ver con familia.
Me gustaría saber si hay alguna forma para librarnos de este problema, de obligar al avalado que nos devolviera el dinero, de anular el aval, de lo que sea con tal de poder no entregar los 26.000 de los cuales no contamos, por lo que nos veríamos en serios problemas.

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Lo primero, anular el aval, ni lo sueñe. Está firmado y las consecuencias están a las puertas. Ustedes pueden pagar y reservarse el derecho de reclamar a quien no quiere.
Si solo hay ingresos de una parte y lo ingresado pasa a la sociedad de gananciales, solo es embargable el 50% de los ingresos, dado que su madre no firmó. Intenten negociar un acuerdo con el Banco que les evite la reclamación judicial. Así evitarán las costas.
Por otra parte, los intereses no se incrementan a razón del 30% mensual.
Muchas gracias por su respuesta. Lo que nos incrementan al mes son 30 euros si no paga. Quisiseramos saber si podemos hacer algo para obligar al sobrino de mi padre a que pague.O si cuando tenga un trabajo con nómina se le puede obligar a devolver el dinero y si caducan los plazos. Si se puede llegar a extinguir la obligación de devolvernos lo que nos debe. ¿Cuántos años podríamos estar con el problema?, el préstamo para el aval es para 4 años. Si se le ocurre alguna solución le agradecería nos lo comunicara. Muchas gracias.
Lo primero, la solución no se la comunicaría, tendría que pagar por mis servicios y de momento con lo contestado, usted ha recibido suficiente información. Ya le he comentado que usted puede instar a través de procedimiento que pague el titular.
¿Hay prescripción de una deuda? Si, para ese caso 15 años. No obstante si intenta cobrarle, el período se puede interrumpir. Usted puede obligar a la otra parte tanto como el banco. La diferencia es que el banco ve más fácil cobrar del avalista. Dado que su padre firmó solo sin contra con su esposa la deuda no es una deuda de la sociedad de gananciales.
Perdone por seguir insistiendo, pero, ¿Qué quiere decir con eso de que el período se puede interrumpir?
Le paso información de lectura. Encontrará las respuestas.
http://www.mediatoris.com/mediatoris-articulos-publicados/143-la-prescripcion.html
http://www.mediatoris.com/mediatoris-articulos-publicados/139-plazos-de-la-prescripcion.html
http://www.mediatoris.com/mediatoris-articulos-publicados/145-la-interrupcion-de-la-prescripcion.html

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