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Derecho Laboral
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¿Tengo paro si me reducen la jornada sin despido?!
No podría percibir la prestación por desempleo porque la reducción de la jornada habría sido aceptada por Vd. como una modificación de las condiciones de trabajo acordadas en su contrato, ya que debe ser pactada entre trabajador y empresario. El...
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Derecho Laboral
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URGENTE! Necesito respuesta lo antes posible !
No, no tienes derecho a la prestación por desempleo por la media jornada perdida.
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¿Qué significa la palabra "devengo"?
Formalmente significa "generado". Es decir por cada mes de trabajo se generan 2.5 días de vacaciones. Se tiene derecho a 2.5 días, vamos.
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Despido "objetivo"
No se si es lo correcto. Lo que esta claro es que si demandáis por despido nulo y la empresa no puede demostrar las causas objetivas de ese despido la readmisión a la empresa es obligada por estar en reducción de jornada cobrando ademas los salrios...
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Derecho Laboral
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Incumplimiento de preaviso
Si te refieres a esos 30 días de falta de preaviso, sobre el bruto como si fuera una nomina normal con sus descuentos. La indemnización esta exenta de irpf.
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Seguridad social a cargo de la empresa
Es el tanto por ciento de todos los conceptos salariales que cotizan no solo del salario base. Imagina una nomina:salario base+plus convenio+plus antiguedad+mejora voluntaria+plus actividad:1500 euros. Todo esto cotiza y el porcentaje se ha de tomar...
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Reducción de jornada laboral denegada
No le des más vueltas a lo que te dice la empresa. No tienen razón. Pide el horario que quieres con un comunicado vía burofax con acuse de recibo y certificación poniendo un plazo prudente de 15 o 20 días para que te conteste. Si pasado el plazo no...
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Horas de lactancia
Se supone que si vas a pedir una excedencia no tienes derecho a acumulación de lactancia por que no va a haber días de trabajo efectivo posterior. Vamos a ver, existe (desde la entrada en vigor, el año pasado, de la Ley de Igualdad) la posibilidad de...
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Reducción salarial 40%
1.No.El salario no se puede rebajar. 2.Tenéis derecho a demandar a la empresa por cambios sustanciales(en vuestro caso no serian sustanciales sino abismales)en las condiciones de trabajo. Léete el articulo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Te sera...