El seguro de responsabilidad civil cubre en algún caso un daño al inquilino provocado por el piso?
Después de leer las condiciones generales de casi todos seguros, he confirmado que la responsabilidad civil sólo cubre los daños generados a terceros con los que no se tenga relación contractual, cosa que excluye a un inquilino que esté en mi vivienda. Como mucho, en algún caso, habla de que en caso de incendio cubriría los daños a los bienes del inquilino (pero no a la persona). La gran duda es, si por ejemplo se ocasionara un incendio responsabilidad del arrendador que hiriera al arrendado, el seguro de responsabilidad civil del arrendador cubriría ese daño. Y otro ejemplo, pongamos que se cae un mueble alto de la cocina (de manera accidental, y no por falta de mantenimiento) y hiere al inquilino, ¿qué pasa en ese caso con la cobertura del seguro de responsabilidad civil del arrendador? Cubriría los daños ocasionados al inquilino (con el que hay una relación contractual), ¿o por el contrario estos casos no quedarían cubiertos?
De ser así, o sea, si quedan excluidos, ¿cómo se podrían dejar cubiertos estos riesgos?