Herede de mis padres una casa, ¿Esta casa mi marido tendrá usufructuario a mi muerte?

Herencia de mis padres, a mi muerte, sera heredero mi marido, ¿o solo mis hijos? ¿Y podrá tener usufructo? Vivo en galicia.

Respuesta

Conforme al derecho foral gallego, debe tener en cuenta por una parte que los cónyuges podrán pactar en escritura pública o disponer en testamento la atribución unilateral o recíproca del usufructo sobre la totalidad o parte de la herencia.

Por otra que la legítima inalienable del viudo es, en este caso, el usufructo vitalicio de una cuarta parte del haber hereditario.

. Pero yo tengo hijos que no son suyo, y ellos que derecho tienen?

Los que usted le deje en testamento

Entonces para que mis hijos tienen el usufructuario y todos los derechos de lo que me dejaron mis padres( mi herencia), y que mi marido no tiene ningún derecho de esta herencia, ¿qué debo hacer? ¿Un testamento?

Si usted no hace testamento sus bienes se repartirán conforme a la ley.

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