Cobrando subsidio(no contributivo) se puede estar de baja por Incapacidad Temporal? Estaba de baja y han anulado la baja...

A ver si me podéis ayudar porque no conozco a nadie en este caso y es un poco surrealista...

Mi marido está cobrando un subsidio por cargas familiares (no contributivo) desde hace más de un año, después de haber agotado su paro (prestación contributiva). Tuvo un accidente en enero y le dieron la baja en el médico de cabecera y las semanas sucesivas sus correspondientes partes de confirmación, ya que estaba con rehabilitación y seguía incapacitado y hasta ahí todo normal, ahora viene la parte interesante...

La semana pasada acude al médico de cabecera a recoger su parte de confirmación y le dice el médico que no puede dárselo porque aparece de "Alta" en el sistema. Entramos en "MI HISTORIA" (app donde salen los partes de baja entre otras cosas) y han desaparecido todos los partes de baja. Según nos dicen al reclamar, es que se ha anulado la baja porque "no puede estar dado de baja por Incapacidad Temporal porque no está en situación de Alta o en situación asimilada al alta". ¿Es esto correcto esto? ¿Entonces por qué le dieron la baja en su día?.

El problema es que ha estado entregando en el SEPE los partes de baja, porque como es lógico si está incapacitado no puede ir a trabajar, a entrevistas o cursos y por eso estuvo enviando sus partes al SEPE (ya que es su obligación) y tenemos este problema de que no le van a dar más partes de confirmación ni el parte de alta.

Ahora mismo tiene suspendida la demanda de empleo y para poder reanudarla necesitará el parte de alta correspondiente.

Hemos vuelto a escribir a Salud Laboral para explicar que se ha enviado la documentación al SEPE y que desde el propio SEPE, se indica que es su obligación hacerlo, ¿pero tengo la sensación de que les va dar igual y no le van a generar los partes de baja/alta...que podríamos hacer? ¿Se puede reclamar?

Llegado el momento el SEPE aceptaría un informe médico en el que especifique que durante esos días estuvo incapacitado, pero que ya está bien, ¿para qué le reanuden la demanda? ¿Podría penalizarle el SEPE por haberse suspendido la demanda por este motivo?

Sé que son muchas dudas.

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Tendría que bastarle la comunicación de que ha habido un error, y que se han estado emitiendo bajas (que son incapacidades laborales transitorias), cuando realmente no estaba en activo (lo que tú llamas, estar de alta); claro que una vez reconocido el error, ahora no pueden seguir con él, y emitir un parte de "alta" (cese en la incapacidad laboral transitoria), ya que no está en activo, y no procede. Si no ha acudido a ciertos sitios por este motivo, tendría que bastarles el reconocimiento de un error, pero ahora no puede haber parte de alta (no procede, como no procedieron los partes de baja).

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