Fiscalidad no residentes en España por trabajar extranjero

Soy Español, estoy en arabia saudí trabajando más de 184 días al año, es una empresa española pero me pagan en moneda saudí y en un banco saudí, como residente saudí.

Tengo una vivienda en España pues vengo unos dias cada 3 meses y una hipoteca ( la adquirí antes de irme a arabia y solo pague un 5% impuestos pues era menor de 35a. Pasados casi 2 años me salio este trabajo y me fui)

Las dudas son...

Me hablan del modelo 210 irpf Si tengo o no tengo que hacerlo .

¿Me pueden pedir hacienda pagar el otro 5% del impuesto vivienda?

Gracias

¿El ingreso para pagar la hipoteca mediante transferencia es un problema?

¿Debo pagar hacienda?

2 Respuestas

Respuesta
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En tus cuestionos denoto cierta inquietud respecto del tema de impuestos que a ver si consigo apaciguar.

Cuando uno se convierte en residente fiscal en otro pais deja de serlo en España (situación que es bueno comunicar a la AEAT a través del modelo aprobado para ello; igual ya la empresa te lo ha presentado ya), y ello determina que en España se es no residente pero se sigue teniendo que pagar impuestos por las rentas que se obtengan aquí en principio.

En tu situación, el ser no residente en España te haría tributar aquí por la tenencia de la vivienda (la tengas alquilada o no (se imputa igual que para los residentes un rendimiento por no ser vivienda habitual), y por otros rendimientos que obtengas (por ejemplo intereses percibidos de entidades financieras en España, ganancias patrimoniales por ventas realizadas en España, etc...).

Por tanto a partir de que te has cambiado pagarás impuestos en arabia saudi según la normativa de allí, y aquí por lo que obtengas en España, en tu caso seguro que por la vivienda la imputación de rentas (1,1 o 2% del valor catastral de la misma) para lo que tendrás que presentar el modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Respecto de la pregunta del 5% del TPO que has pagado en la compra de la vivienda en vez del 10% por ser menor de 35 y ser vivienda habitual entiendo, habría que ver qué normativa autonómica has aplicado para ver los requisitos de dicho tipo bonificado (plazo de duración o no)

Respuesta
2

Ahora lo tengo claro, gracias

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