Quien debe asumir la filtración de agua en vivienda por mal estado de la fachada

Recientemente a entrado agua en una de las habitaciones de mi vivienda.

Tras llamar a mi seguro y enviar a una persona a revisar la situación, concluye que la filtración se debe a unos agujeros que hay en la fachada y que debo ponerme en contacto con mi comunidad.

Al acudir al administrador externo y enviarle toda la información invluyendo fotos, me indica que mi seguro se debe poner contacto con ellos antes de dar más pasos.

Mi pregunta es si esto es realmente así, ya que yo entiendo que directamente deben llamar al seguro de la comunidad y estos harán la valoración que corresponda. No entiendo esa negativa a hacer algo más si no les llama mi seguro antes.

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Mándale a su administrador(porque le denomina Externo) el art. 10.1 de la LPH.

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Lo de llamar a su seguro es algo que puede usted hacer, pero por propio interés (para que le gestionen por usted una reclamación al seguro comunitario o incluso a la Comunidad), pero, desde luego, no es una obligación. Las filtraciones por la fachada son, en principio, problema comunitario (si no se demuestra lo contrario). Y usted ni siquiera tiene obligación de tener un seguro particular, salvo para incendios, en caso de que tenga una hipoteca.

Si su Administrador no responde a sus reclamaciones, puede acudir al Presidente. O, si lo prefiere, puede usted mismo acudir al seguro de la Comunidad. Como comunero, puede usted mismo reportarles el siniestro. Si sabe con qué compañía tienen el seguro (mejor aún si tiene el número de póliza, pero no es imprescindible, porque la podrán localizar con la dirección), póngase en contacto con ellos.

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