Venta de chalet firmado ya contrato de arras

La gestoría del banco que va a dar el préstamo al comprador .Me dice que según la carga que aparece en la nota simple. Sobre la obra nueva pide un certificado por parte del ayuntamiento en el que ponga que no hay infracción urbanistica ni expediente sancionador. La obra se hizo en 2005, como se puede comprobar en el catastro, nosotros lo único que hemos hecho hace unos meses, es una escritura de obra nueva de esa obra. Para que al comprador le aparezca el terreno y la vivienda. No se por que me pide eso, si ya a prescrito. Aqui pongo lo que pone en la carga.

Se inicia expediente, se emite informe técnico el 31 de agosto del 2021 en el que se indica que el plan general de ordenación urbana de Manises. Aprobada por la comisión territorial de urbanismo. Celebrada el 23 de diciembre de 1988. Clasifica el suelo urbano, zona de segunda residencia. El informe establece las siguientes conclusiones. La parcela no tiene la condición de solar por no cumplirse las condiciones de Lotup, referente a urbanización y por no estar los viales existentes urbanizados con arreglo a las alineaciones, rasantes y normas técnicas establecidas por el planeamiento. En sus condiciones actuales no es edificable en tanto no adquiera la condición de solar. Por lo que para poder patrimonializar los derechos que le concede el plan. Debera previa o simultáneamente a la ejecución de la edificación adquirir tal condición. La parcela incumple la alineación a calle prevista en la modificación número 1 del Pgou vigente. El inmueble se encuentra no plenamente conforme con el planeamiento por incumplir los parámetros urbanísticos. Se permitirá en el obras de reformas y mejoras y cambios objetivos de siempre que la nueva obra o actividad no acentúe la inadecuacion al planeamiento vigente, ni suponga la completa reconstrucción de elementos disconformes con el planeamiento. No consta licencia de obra para construcción de la edificación ni expediente de disciplina urbanística en el citado emplazamiento. Esto es todo lo que pone en la carga.

Nosotros hemos construido en terreno urbano, sin licencia, el ayuntamiento hizo fotos. Se pago la multa 600 euros y nos dieron un papel donde pone garantía por licencia urbanística, en el catastro rellenamos un impreso donde pone obra nueva, Todo esto de la multa y catastro se hizo en 2005, nosotros la vaya es la misma que cuando compramos el terreno. ¿La gestoría del banco no sabe que a los 15 años prescribe? En caso de haber algo ilegal.

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Salvo que en el contrato de arras se diga otra cosa, usted como vendedor no tiene responsabilidad frente a las exigencias de la enrptida que vaya a financiar el precio al comprador.

En el contrato de arras pone dicha finca está libre de cargas y gravámenes al corriente del pago de todos los impuestos, gastos y gravámenes de carácter periodico o no, que pudiesen gravar la propiedad.

1.La perdida para la parte compradora de la cantidad entregada, si es esta quien, por capricho desiste de la operación y comprometiéndose la parte vendedora a devolver el doble de la cantidad entregada si por capricho desiste de la operación.

2.si por cualquier motivo, causa, razón de fuerza mayor y ajeno a las voluntades de ambas partes no se pudiera llevas a cabo la compraventa, se devolverá la cantidad entregada en este acto, sin ningún tipo de incremento, sin ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes.En este asunto también está contemplado la falta de financiación de alimentos 3 entidades bancarias en las que se devolverá el dinero sin más.

Eso es lo que pone en el contrato de arras, mi pregunta es cómo puede ser que algo que se construyó en 2005, han pasado 16 años,como es que no a prescrito? licencia no se sacó, pero se pagó 600 euros en 2004 en concepto pone fianza a corto plazo de ejecución obras particulares y debajo pone garantía por licencia urbanística.El terreno es urbano,en el año 2005 nos mandó el ayuntamiento fotos de la vivienda terminada y pone tipo alteración obra nueva.En el año 2010 rellenamos el modelo 902N y marcamos la casilla de nueva construcción y el ayuntamiento puso el sello.

Mi pregunta es, por que si desde el año 2005 aparece en el catastro la obra finalizada y el ayuntamiento tiene fotos de ese año hecha por ellos también las fotos.Por que ahora pone lo de las cargas.Nosotros lo único que hemos hecho es hacer una escritura de obra nueva de la construcción del año 2005, para que al vendedor le aparezca el terreno y la construcción.Toda la documentación que tengo yo, el de urbanismo no la tiene?

Tengo que devolver el dinero de las arras?

Y por qué el banco pone tantas pegas si dice que la operación está aprobada?

Tendría que decirle yo al comprador que es chino, que vaya a otro banco para comprar el chalet?Ahí no van a demoler ni tirar nada, es del año 2005, la gestoría no sabe que si algo estuviera mal, prescribe.

Si el ayuntamiento dice que hay infracción urbanistica o expediente.Me a dicho mi arquitecto que le diga al banco esto es lo que hay.Que no es problema mío.

Hola?

El único problema que advierto que, de alguna forma, rectifica mi opinión anterior es que usted se compromete a vender sin cargas ni gravámenes y, usted mismo habla de cargas. ¿Dónde están inscritas?

En la nota simple, pone.

Cargas.

En la nota simple pone que la parcela no tiene la condición de solar.Por no cumplirse las condiciones de la Lotup, referente a urbanización. Y por no estar los viales existentes urbanizados con arreglo a las alineaciones, rasantes y normas técnicas establecidas por el planeamiento.En sus condiciones actuales no es edificable en cuanto no adquiera la condición de solar.La parcela incumple la alineación a calle prevista en la modificación número 1 del Pgou vigente (El terreno es urbano y cuando se compró ya estaba vallado desde el año 1984).

El inmueble se encuentra no plenamente conforme con el planeamiento por incumplir los parámetros urbanísticos.
El ayuntamiento me hará el certificado de que no hay infracción urbanistica ni expediente sancionador? Y sino que tengo que hacer para poder vender el chalet? gracias

La construcción se terminó en el 2005, si el banco pone pegas.Que le digo al vendedor, que hable con otro banco?

Hola?

Si el comprador conocía esa situación, llamémosla irregular, del inmueble, reitero lo dicho inicialmente, usted no es responsable de lo que le pida el banco para financiar el precio. De todos modos debería usted solicitar en el, Registro de la propiedad que le informen sobre lo que debe aportar para cancelar esa información registral

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