Soy transportista y quiero saber cuando empiezan a contar mis vacaciones, tras el descanso semanal o cuando mi jornada termina.

Soy transportista y quiero saber si cuando la empresa me da vacaciones empiezan a contar cuando termina mi jornada laboral o después del descanso semanal.

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I. Hola Compañer@, en mi caso no soy conocedor y por desgracia tampoco he logrado ver información de primera mano, pero aún así deseaba dejarle lo que ví por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un experto, le ruego disculpe las molestias de lectura y la imprecisión, ánimo.

Salario en vacaciones

AYUDA: Me quitan pluses en vacaciones

https://blogs.imf-formacion.com/blog/recursos-humanos/normativa-3/7-dudas-sobre-las-vacaciones/ 


Artículo 26. Vacaciones

Todo el personal al servicio de las empresas recogidas por este convenio tendrá derecho al disfrute anual de un periodo de vacaciones consistente en 30 días naturales o previo acuerdo entre los trabajadores y la empresa que será de 22 días laborables, no sustituible por compensación económica.

El periodo se iniciará, en todo caso, en día laboral.

El trabajador conocerá la fecha de disfrute con un periodo de antelación de dos meses.

Se acuerda fijar tres días de asuntos propios deducibles de las vacaciones anuales, existiendo la obligación del trabajador de solicitar dicho permiso con una antelación de cinco días.

Artículo 36. Plus de trabajo nocturno

El personal que trabaje entre las 22:00 horas y las 6 de la mañana, percibirá un suplemento de trabajo nocturno equivalente al 40% del sueldo o salario base del convenio, más la antigüedad si le correspondiera.

Artículo 39. Dietas

El importe de las dietas completas a abonar a los productores afectados por el convenio, cualquiera que sea su categoría profesional, será el que se establece en las tablas salariales anexas a este convenio.

Asimismo, se establece que tendrán derecho al percibo de la cantidad estipulada para la cena aquellos trabajadores que sobrepasen la jornada a las 22:00 horas siempre que no sea el trabajo habitual por su propia naturaleza, así por ejemplo los guardas no tendrán derecho a tal percepción

**Los trabajadores deben disfrutar de un periodo de descanso ininterrumpido de 45 horas a la semana, que se pueden reducir a 24 horas cada dos semanas. Si el empresario reduce el periodo de descanso semanal, debe llegar a un acuerdo con los empleados sobre las modalidades de compensación.

Los trabajadores deben disfrutar de un descanso semanal tras 6 días consecutivos de trabajo. Los conductores de autocares pueden retrasar su descanso semanal, si transportan ocasionalmente a pasajeros y conducen durante 24 horas consecutivas, como mínimo, en otro país de la UE o fuera de la UE. Pueden esperar hasta 12 días para disfrutarlo, a contar desde el fin del último periodo de descanso semanal que se hayan tomado.

Ejemplo

El propietario de una empresa de viajes de Eslovenia está organizando un viaje en autocar de 10 días de duración a Portugal, con escala en otros países de la UE. El viaje empieza el 11 de abril y termina el 21 de abril. El conductor del autocar se ha tomado un descanso de 48 horas durante el fin de semana del 9 y el 10 de abril, y empieza a conducir el 11 de abril. Según las normas sobre los periodos de descanso, puede iniciar su descanso semanal una vez que haya acabado el viaje. Sin embargo, su periodo de descanso debe iniciarse, como muy tarde, 12 días después del 11 de abril, es decir, el 23 de abril a más tardar.

Artículo 45. Seguro complementario de accidentes de trabajo

Cualquier empresa afectada por este convenio colectivo, se obliga a formalizar un seguro colectivo de accidente de trabajo para todos sus trabajadores, dicha póliza tendrá efecto desde el primer día que el trabajador este dado de alta en la empresa.

Para aquellas empresas de nueva creación se establece una moratoria nunca superior de 15 días para dar de alta al trabajador en este seguro desde que el mismo fue dado de alta en la empresa.

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