La usufructuaria de un edificio puede hacer obras sin contar con los nudos propietarios

Por ejemplo condenar la única salida de humos de un local y ponerla para otro local el edificio no tiene aún comunidad constituida

Necesitaría unanimidad de los nudos propietarios

En otro caso puede hacer una nueva entrada de acceso en un terreno rustico del que tiene el usufructo

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Conforme a la ley:

El usufructuario podrá hacer en los bienes objeto del usufructo las mejoras útiles o de recreo que tuviere por conveniente, con tal que no altere su forma o su sustancia; pero no tendrá por ello derecho a indemnización. Podrá, no obstante, retirar dichas mejoras, si fuere posible hacerlo sin detrimento de los bienes.

Puede ampliarme el significado ,  de su  frase (con tal que no altere su forma o su sustancia;)

Entiendo que en un edificio donado , donde solo existe una salida de humos que corresponde a un local determinado , cambiar esta salida o conducirla a  otro local a la salida de humos ya existente , alteraría su forma y sustancia ? 

No es “Mi frase”, es lo que dice la ley, la respuesta correcta a su pregunta sólo la puede dar un juez, los demás podemos emitir opiniones, sin mucho valor práctico. Yo, con los escasos datos que me da ni siquiera me atrevo a eso.

Comunique a los nudos propietarios su propósito, a ver cómo reaccionan.

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