Plan de pensiones rescatado UE

Soy residente fiscal en un país de la UE con convenio de doble tributación, en el convenio se indica

Artículo 18. Pensiones.

Sin perjuicio de las disposiciones del párrafo 1 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado Contratante por el desempeño de un empleo anterior sólo podrá someterse a imposición en este Estado.

La gestora del plan de pensiones me solicita que no puede hacer transferencia en la cuenta mía en el extranjero (solo tengo certificados del 2019, pues el 2020 se proporciona por el año fiscal entero), le proporciono una cuenta en España para poder cobrarlo, me comentan que me hacen retención, entonces que debo de hacer con el fisco español, ¿qué obligaciones tendría? El importe es 10 mil euros, yo se que en España tributa dentro del IRPF como rendimiento del trabajo, ¿alguna idea de que hacer?

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto, especialmente el convenio y el tratamiento fiscal del plan de pensiones. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.

Si usted tiene un plan de pensiones y no comunico el cambio de residencia a la entidad, es normal que le haga retención. Luego usted debe presentar declaración de no residente (modelo 210) donde se acoge al convenio y solicita la devolución de la retención, si es como usted indica.

En cualquier caso, la Hacienda del país donde usted reside, debe facilitar un certificado de residencia fiscal conforme al convenio con España. Todos los países lo emiten a fecha de solicitud.

Si se lo comuniqué a la gestora del plan, pero decidió hacer eso. Si claro tengo certificado del 2019, el del 2020 se pide una vez termine el año. Si es como dice, debo solicitar la devolución de la retención y después ya no tendría que pagar nada a la Hacienda Española?

es que es un plan heredado, es de una herencia

Hay que estudiar el caso concreto. Pero teóricamente usted esta hablando de una Herencia y por lo tanto, es posible que tenga que pagar por impuesto de sucesiones.

Hay que estudiar su caso concreto.

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