Obras en azotea de comunidad de uso privativo

Vivo en una comunidad de 6 vecinos de los cuales 2 son locales, yo vivo en un segundo piso y arriba tengo la azotea que es de la comunidad pero de uso privativo mio. La cuestión es que tengo filtraciones de agua y despues de varias reparaciones donde se suponía que podía entrar el agua me sigue ocasionando goteras por lo que hemos llegado a la conclusión de arreglar las terrazas. El problema viene porque el presupuesto es elevado y posiblemente varios vecinos voten en contra ya que dicen que como es privativa mía, la arregle yo. ¿Pueden negarse al arreglo? Si la arreglo yo, ¿puedo luego demandar a la comunidad? ¿Y si alguno se niega a pagar? ¿Y por ultimo puedo adquirir en propiedad la azotea para hacer lo que quiera?, Gracias

Se me olvidaba, ¿qué es eso de no exceder una derrama en doce mensualidades? Al ser 6 vecinos es muy poca cantidad.

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Conviene enfocar el tema correctamente. Salvo que el deterioro de la estanqueidad de la terraza sea como consecuencia de un uso negligente por parte de usted, en cuyo caso usted debe correr con la reparación, si no es así, la Comunidad debe atender esa reparación y, no sólo eso, sino los daños que usted pueda sufrir como consecuencia de las filtraciones. Ningún vecino puede negarse a contribuir a ese gasto. Hágaselo ver al Presidente de modo fehaciente.

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Lea el art 396 del código civil donde le indica que su terraza pertenece a la comunidad aunque usted tenga el uso de la misma

Lea el art.10.1 LPH dónde indica la obligatoriedad de las reparaciones, no se tiene que votar en junta si se arregla o no. SE ARREGLA PORQUE LO INDICA LA LEY.

En la junta se votará entre los presupuestos presentados cual se elije

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

  1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
  2. a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Si la comunidad no le hace caso, lea esta páginas,

http://www.mundojuridico.info/obras-obligatorias-para-las-comunidades-de-propietarios/

https://www.gastalverabogados.com/abogado-especialista-vivienda/jurisprudencia-sentencias-vivienda/82-responsabilidad-comunidad-propietarios-obras-reparacion-elementos-comunes

https://www.gastalverabogados.com/abogado-especialista-vivienda/consultas-resueltas-propiedad-horizontal/80-que-hacer-si-comunidad-no-repara-elementos-comunes

gastalverabogados.com

https://elderecho.com/las-obras-realizadas-por-los-propietarios-y-supuestos-de-abuso-de-derecho-por-la-comunidad

Si alguno se niega a pagar será problema de la comunidad, no suyo, y será la comunidad quien le nombre moroso y le interponga la reclamación de la deuda judicialmente

La terraza es un elemento comun que no se puede comprar, y aun que fuese suya no podría hacer lo que usted quisiese

Lo de las doce mensualidades es cuando se pone un ascensor con minusválidos o mayores de 70

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La comunidad debe hacerse carbo de la reparación. Si se negasen puedes perfectamente recurrir a los tribunales.

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Solo añadir a todo lo anterior que la terraza es el techo de los locales y todo techo pertenece a la comunidad y ha de pagarla la comunidad.

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