Cuanto debo pagar a hacienda por recibir 6000 euros de herencia

Tengo una duda soy de Málaga y mi padre falleció hace hace 11 años y no dejo testamento, se pago plusvalía y seguio mi madre vivienda en la casa familiar.. La casa sin escriturar porque mi padre nunca se la hizo y el año pasado hicimos una escritura de herederos en la cual esta mi madre y cinco hermanos por la cual paguemos 300 eruos cada uno, el caso es que mi madre ya no puede vivir sola en esa casa por su estado de salud y nos la turnamos los hijos y decidimos vender la casa y ahora ella como no puede estar sola ni va comprar otra vivienda nos quiere dar el porcentaje de herencia de mi padre por ejemplo la casa se vende 69,000 euros ella se queda con mas del 50% y según los cálculos nos correspondería unos 6000 euros decir también que yo quiero importar ese dinero a mi primera vivienda habitual quedria saber ahora que es tiempo de tributar como hago ahora con el covd 19 todo cerrado y si me desgrava mucho ya que estoy en paro y no tengo dinero de donde pagar mi hipoteca
Respuesta
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Tal como lo describe no recibe ese dinero en concepto de herencia sino de parte del precio de la venta de una vivienda que heredó en su día, en todo caso tendrá que pagar en IRPF, el año que viene el 19/21% de la ganancia que obtenga en esa venta.

¿Una pregunta más Sr Abogado la casa se vendió en diciembre del 2019 la debo declarar este año? ¿Y se vendió por debajo del precio en escrituras lo debo declarar igualmente? Gracias por su aportación y colaboración un saludo...

Si se vendió en 2019 si debe declarar ahora la venta, aunque el resultado sea de pérdida patrimonial, en cuyo caso no tendrá que pagar nada

¡Gracias!  

Gracias por su aporte exporto me queda otra duda ,mi padre murió en 2009 y hasta el 2018 la casa ni tenia escrituras ni nada, mi madre siguió viviendo como suya que era también y con mas de la mitad suya ,pero hicimos  la  escrituras de herencia en 2018 en la cual estamos mi madre y cinco hermanos en la escrituras viene el precio de la vivienda que es superior a lo que la hemos vendido mi duda es en la declaración de la renta ,,,,,,en la fecha de adquisición ,que fecha poner?  es desde que muere mi padre o desde que hacemos las escrituras de herencia y la aceptamos?

Y ya por ultimo vendimos la casa por debajo de lo que pone en escrituras se debe hacer  aunque no haya habido ganancias de patrimonio? mil gracias por todo..  ahora por la situación que estamos pasando ni te contestan ni puedes ir presencialmente es todo un caos gracias nuevamente

Deben poner la fecha en que escrituraron que es la que pueden acreditar en caso de comprobación.

Hay que consignar esa venta, la pérdida la pueden compensar con una ganancia que tengan en los próximos cuatro años.

¡Gracias! ME ha servido de mucha ayuda ahora a ver si soy capaz de hacerla yo desde la web ya que no me dan cita por la situación y presencial menos pero muchísimas gracias POR EL APORTE Y MI VOTACIÓN ES DE 10

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