Quien paga reparación piso alquiler

Vivo piso alquiler y la arrendadora puso cláusula en el contrato para que transcurridos 15 días, todas las averías corran a mi cargo, las instalaciones son de al menos 40 años, me tocó cambiar monturas de grifo y selectores de la bañera, ¿es lógico que yo pague esas cosas?.

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Ese contrato es contrario a la ley de arrendamientos urbanos y claramente abusivo. Usted no tiene que hacerse cargo de cualquier reparación que requiera la vivienda. Ahora bien, si va a enfrentarse a la propietaria, y puede permitírselo, siempre es mejor hacerlo por medio de un abogado.

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Si lo puso en el contrato y no le dijiste nada y firmaste ahora lo tienes dificil . Realmente tendria que ser la dueña pero el contrato dice lo contrario .Mejor hablarlo haber si minimo poner de las dos partes.

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¿Quién paga las reparaciones de un piso en alquiler?

La ventana se ha roto, la persiana no funciona, el aire acondicionado está estropeado, la caldera hace ruidos raros, la cisterna no tira… Hay infinitas cosas que se pueden romper o dejar de funcionar en un piso alquilado. Saber quién paga las reparaciones de un piso en alquiler es importante tanto si eres propietario como inquilino. De esa manera, se evitan conflictos innecesarios.

Qué paga el propietario

La conservación de la vivienda

El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla que el propietario tiene la obligación de realizar y pagar todas las reparaciones de conservación de la vivienda para asegurar su habitabilidad. ¡Ojo! No es posible subir el precio del alquiler para hacerlo.

Obras

Si el piso necesita obras porque no está decente, estas las pagará el propietario. En el caso de que el propietario haya de hacer obras, el inquilino está obligado a soportarlas aunque sean molestas. ¡Qué remedio! Si la obra dura más de 20 días, el propietario debe disminuir la renta en proporción a la parte de la vivienda a la que el arrendatario no pueda tener acceso.

Electrodomésticos

Por norma general, las averías de electrodomésticos las paga el propietario, excepto aquellas que se han producido por un mal uso, negligencia o daño intencionado por parte del inquilino.

Esto quiere decir que, si se estropea la lavadora o la nevera por el paso del tiempo, es un gasto que corresponde al propietario, aunque siempre hay que revisar el caso concreto. La caldera es necesaria para poder vivir en el piso por eso, siempre corresponde al propietario pagar su reparación y/o mantenimiento.

Pintura, si es por el paso del tiempo

El piso debería entregarse en condiciones. Por eso, si el inquilino hace un uso adecuado de él, la pintura corre a cargo del propietario en caso que el deterioro de la misma sea por el paso del tiempo. Si el inquilino ha estropeado las paredes o las ha pintado de otro color, entonces el inquilino tendrá que encargarse de pintar.

Qué paga el inquilino[divider line_type=»No Line» custom_height=»13″]

Por su parte, el inquilino debe pagar de su bolsillo, según la ley de arrendamientos urbanos en su artículo 21.4, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.

Reparaciones pequeñas

Como pequeñas reparaciones se entienden aquellas derivadas del uso diario como:

  • El sistema de recogida de una persiana.
  • El atasco de un desagüe.
  • La reparación de la cisterna.
  • El cambio de una bombilla.

Utensilios o muebles rotos por el día a día

Si como inquilino se te rompe una ventana, la vajilla, un mueble o algo que forme parte del piso y que hayas roto.

Pintura por mal uso de paredes

Si eres inquilino y has dañado las paredes por algún motivo, entonces la pintura va a tu cargo. Si se trata de conservación por el paso del tiempo por el uso normal de la misma, entonces será el propietario el que corra con el gasto.

Por otro lado, si has pintado un mural o una pared de otro color, por muy bonito que te parezca, tendrás que volver a pintar la habitación del mismo color en la que la recibiste. De hecho, no se puede cambiar el color de las paredes sin el permiso del propietario.

¿Cuál es el límite entre una reparación pequeña y otra grande?

Por poner ejemplos, el propietario ha de reparar la instalación de la luz si es muy antigua pero es el inquilino el que ha de cambiar la bombilla en caso que esta se funda.

A veces, es difícil determinar la frontera entre ambos casos pero queda en el entendimiento de ambas partes llegar a un acuerdo.

Antes de entrar a vivir en un piso o de alquilar una habitación, debes asegurarte de estas 10 cosas que sí o sí has de preguntarle al propietario. De todas formas, la mejor manera de llegar a acuerdos es mediante el diálogo. A pesar de eso, no está demás incorporar en el contrato cláusulas en las que se detalle qué se entiende por pequeñas reparaciones para saber qué reparaciones debería pagar el inquilino y cuáles el propietario.

¿Más dudas? Sigue elblog de Badiy te contestaremos todas esas preguntas que se te aparezcan tanto si eres propietario como inquilino de una vivienda.

espero haberte ayudado he hecho lo que podido

El Articulo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que es obligación del arrendador de una vivienda entregar el inmueble en condiciones óptimas para la habitabilidad. Esto quiere decir, que debe entregar la vivienda con suelos, techos, paredes, ventana, baños, mobiliario, electrodomésticos y enseres en perfecto estado y funcionamiento.

En Cataluña, Extremadura, Baleares, Comunidad Valenciana, La Rioja, Murcia, Navarra y Cantabria además para alquilar la vivienda es necesario tener en vigor la Cédula de Habitabilidad, que es el documento que verifica que esa casa es habitable.

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Esa cláusula contractual tal como la describe, en mi opinión es nula, sin embargo las reparaciones que también describe pueden considerarse, según la terminología legal, pequeñas reparaciones a cargo del inquilino, le dejo información para que profundice en este tema:

LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO

LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO (2)

LAS PEQUEÑAS REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO (3)

Pequeñas reparaciones en los alquileres

Daniva ¿Cuándo va usted al médico también se enfada y descalifica su dictamen si no coincide con lo que usted quería oír?

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Ese tema es un gran dilema y hay sentencias que articulan ese tipo de reformas.

Normalmente el tema reformas se articula de forma muy ambigua.

Por lo que dices es un gasto que debiera asumir el propietario pero como dice correctamente el experto tu veras si te compensa una demanda con el propietario a costa de unos grifos.

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Por ley es que alquila, pero al firmar que tú lo arreglas, te toca a ti, salvo que en el contrato se diga expresamente lo único que tienes que arreglar, lo demás tocaría al que alquila.

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