¿Hay qué cambiar escrituras por herencia si el cónyuge hereda?

Mi padre ha fallecido dejando un testamento de los llamados "normal" en el que deja a mi madre de heredera. Tienen su vivienda familiar aún con hipoteca. Mi hermano y yo queremos que quede todo a su nombre y por tanto rechazar la parte que nos corresponde hasta su fallecimiento. Nos dice el gestor que aunque nosotros lo rechacemos hay que hacer nuevas escrituras a su nombre. Pero otras personas me dicen que no es necesario ¿Eso es así?

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El problema puede ser el pago de los impuestos sucesorios, depende de la Comunidad autónoma de la que se trate.

Es Madrid. 

En MADRID no es tan gravoso. Pero les puede interesar que su padre reciba el usufructo y ustedes la nuda propiedad, se pueden ahorrar volver a pagar cuando él fallezca.

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Además de lo indicado por el otro experto.

Le recomendamos se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto. Las herencias pueden llegar a ser complejas.

Ustedes deben hacer la adjudicación de la herencia de su padre o renunciar si así lo consideran, una vez estudiado su caso. Primero por el tema de los impuestos de sucesiones, pero también por posibles problemas de ustedes o de su madre en el futuro.

Lo que no deben de hacer es no hacer nada... por ahorrarse los impuestos, el notario y el registro... Incluso, si por necesidad tienen que vender, luego tendrían que hacer la aceptación con recargos en los impuestos, si estos no están prescritos.

Entendemos que han solicitado el certificado de seguros de fallecimiento, que en ocasiones, al haber testamento, no se solicita y puede que la hipoteca en la parte de su padre pudiera quedar saldada, pues estos seguros son muy habituales con las hipotecas.

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