Cuando se paga el impuesto de sucesiones

¿Si fallece el padre y los bienes quedan en usufructo por la madre hay que pagar impuestos de sucesiones u otros impuestos?

3 Respuestas

Respuesta
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Sí, deben liquidar el Impuesto de Sucesiones tanto el cónyuge usufructuario como los hijos que heredan la nuda propiedad.

Si hay bienes inmuebles urbanos, deberán liquidar además la Plusvalía Municipal.

Si lo necesita puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077.

Gracias, ya vamos aclarando el tema, pero plusvalía creo que no

Al vivir el cónyuge.

  • Cuando una persona hereda la nuda propiedad del inmueble y otra el usufructo. Se hace una liquidación del impuesto de IIVTNU por la constitución del derecho real de goce, limitativo del dominio.
  • Una vez que el usufructo se extingue, el nudo propietario consolida el dominio. En este momento, no es necesario realizar otra liquidación de la plusvalía municipal, pues se produce un supuesto de no sujeción al IIVTNU, conforme al artículo 104.1 LRHL.
  • En cualquier caso, el cálculo del IIVTNU se realiza con el valor del usufructo calculado según las reglas del artículo 10.2.a) LITPAJD.

Agradecemos la valoración de la respuesta y cierre de la pregunta.

Respuesta
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Una vez realizado el acto de escritura de heredero, tienen que pagar:

-La minuta del notario para que le den la escritura.

-Después tienen tiene que ir al ayuntamiento por si hay que pagar plusvalía

-A continuación tienen que ir a Hacienda para cumplimentar el impreso se sucesiones, pagar en una entidad colaboradora y dar a Hacienda el Justificante.

Todas estas gestiones las puede hacer una gestoría o ustedes personalmente.

Gracias, pero creo que al vivir mi madre solo se líquida el impuesto de sucesiones valorando las propiedades, no hace falta notario si vive el.cónyuge.

Perdone, tienen que tramitar la herencia de su padre para su madre, hay que hacerlo ante notario y tienen un plazo de 6 meses desde que falleció su padre. El notario tiene que hacer la escritura de que las propiedades son de su madre.

Aún habiendo testamento?

El testamento dice que los bienes quedan en usufructo.

Su padre hizo testamento dejando todo a si madre y su madre haría testamento dejándolo todo a su padre. Al fallecer su padre hay que hacer cumplir el testamento de su padre para que todo pase a su madre, hay que ejecutarlo y tienen 6 meses desde que falleció su padre. Da igual que su madre sea propietaria y usufructiciaria, hay que hacer cumplir el testamento. El notario hace el inventario de bienes, la tasación, y la escritura de herederos donde legalmente hace propietario y usufructiciaria a su madre. Tiene que pagar los impuesto de propietaria y de usufructiciaria.

Si no hacen nada y esperan a que fallezca su madre (Dios quiera que viva muchísimos años) tendrán que hacer lo que no hicieron y con recargo, para que después pase la herencia de la madre a los hijos.

Cada vez que muere una persona hay que tramitar inmediatamente su testamento y el notario hace una escritura de herederos donde nombre definitivamente propietarios a los herederos.

Gracias, pero para la escritura no son seis meses, se hace cuando venga bien, al menos eso nos dicen, yo sólo trato de aclararme con tanto lío.

Son seis meses para el impuesto de sucesiones y las plusvalías y para esto no se necesita notario.

Las herencias se pueden hacer con un "cuaderno de particiones" donde se reparten los bienes, valorados. Un abogado les hace el cuaderno de particiones y tienen seis meses para pagar los impuestos. Pero si ustedes quieren vender los bienes, han de ir al notario para que haga la "escritura pública de herederos". Si no piensan vender, pueden pasarse años sin hacer esta escritura. Efectivamente, los seis meses son para el pago de impuesto, pero con cuaderno o con escritura, tiene que resolver la herencia.

Bien gracias, era resolver la duda que no es necesario ir al notario de momento, y sobre el cuaderno particional puede ser documento privado no es necesario abogado ni notario si no se quiere, sigo diciendo que se trata de aclarar el tema a mí y al que lea esta situación.

Es que he ido a un notario y más que resolver me quieren liar.

Cuando hay muchos herederos, propiedades, bienes, cuentas inversiones, hay que hacer el cuaderno particional, pero en el caso de que su madre es la heredera universal, pues todo es para ella y se pagan los impuestos. Si Hacienda ve que han puesto los bienes demasiado baratos, se los dirá para pagar la diferencia.

Ya puestos a preguntar, cuando haga las escrituras ¿tengo que poner las propiedades a nombre de mi hermano y mío? me comentan que debemos repartirnos las propiedades con valores iguales pero mi duda es mi madre queda en usufructo pero; ¿no es propietaria de ninguna propiedad?

Si ustedes piensan vender, lo mejor es hacer una "escritura de herederos" ante notario. Esa escritura dice quiénes son los propietarios y ya sirve para vender la casa, es la escritura oficial.

Ustedes son los propietarios y su madre tiene el uso y disfrute. Pero su madre tendrá derecho a la vivienda aunque ustedes la vendan a otra persona. La otra persona compraría la vivienda pero sabiendo que el uso la tiene su madre.

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Para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones tiene 6 meses desde el fallecimiento.

Tienen que hacerlo los herederos del fallecido.

Según las Comunidades Autónomas hay que hacerlo en una delegación de la Comunidad o en Hacienda. Por ejemplo en Madrid se liquida a través de la Comunidad de Madrid.

Para cualquier duda consúltenos. Meda Consulting ([email protected]) o en el telefono 639568402.

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