Inspección IVA, ¿Cómo proceden cuando haces alegaciones?

Resulta que nos han llegado una inspección del IVA de 2017. En 2017 nos salió un saldo a compensar que hemos estado arrastrando hasta ahora.
Nos ha llegado una propuesta de liquidación provisional, a la que vamos a hacer alegaciones, mi pregunta es, una vez aportada toda la documentación que justifica todo, ¿Hacienda nos volverá a hacer una propuesta de liquidación provisional o tengo que hacerles yo una propuesta y ellos me contestan? Seguramente estoy haciendo una pregunta sin sentido porque yo entiendo que son ellos quién me la van a volver a hacer pero claro, como nunca me ha ocurrido, no me fío.
También tengo otra duda ya que ahora tengo que presentar el IVA del segundo trimestre de 2019 y claro, sigo arrastrando el saldo a compensar. Entiendo que tendré que seguir compensando la cantidad de IVA que yo arrastro hasta que tenga una liquidación definitiva, ¿no? Una vez tenga la liquidación definitiva, ¿tendré qué hacer complementarias de todos los trimestres de 2018 y 2019 o partiría del saldo a compensar que finalmente resulte de la inspección?

2 Respuestas

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Tienes que mantener los saldos a compensar hasta que tengas la liquidación definitiva, en ese momento se producirá el ajuste, y tendrás que ajustar normalmente la ultima liquidación del ejercicio revisado a la resolución firme si no la recurres. Si como resultado de la liquidación te sale cuota a pagar te la exigirán con la liquidación.

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Si le han hecho una liquidación provisional y ha formulado alegaciones, ahora vendrá la liquidación definitiva que usted podrá aceptar o recurrir.

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