¿Es ilegal que en un edificio se instale una silla elevadora sin cumplir las medidas mínimas requeridas para la escalera?

Hace unos años mi vecina pidió permiso por escrito para la instalación de una silla con elevador para un edificio de 2 plantas (sin comunidad de vecinos constituida), ya que su madre estaba enferma. Este documento no especificaba en ningún momento el espacio que iba a ocupar el elevador, y a la hora de instalarlo vimos que se saltaba las medidas reglamentarias. Hasta ahora accedimos de buena fe por la enfermedad de su madre, que falleció hace 4 años ya, y desde entonces lo tiene sin silla (solamente el tubo). Sin embargo ahora nos gustaría que quitase dicho tubo ya que limita completamente el acceso al primer piso, pero ella se niega escudándose en que en algún momento lo necesitará. ¿Podríamos obligarla legalmente a quitarlo por incumplir las medidas reglamentarias?.

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Pues, yo no soy tan rotundo, tengo mis dudas.

1. Es ella quien por escrito solicita el permiso para instalar un salva escaleras, usted no indica si el resto de propietarios le concedieron permiso por escrito, con o sin alguna condición, o por el contrario se limitaron a dejarla hacer.

2. Ustedes no han mostrado oposición durante estos años al salva escaleras.

Desde mi punto de vista, la instalación del salva escaleras cumple con lo solicitado por la interesas y permitido por el resto de propietarios. La extinción de la causa, el fallecimiento de la persona con dificultades para desplazarse, si previamente no se condiciono como tal, no supone la extinción del permiso.

Ella consciente de que la silla limita el ancho útil de escalera, ya ha desmontado la silla dejando únicamente el raíl.

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Sí. Si ya no esta prestando el servicio para el cual se le dio permiso debe hacerlo y en su defecto la comunidad podrá proceder. Es importante que todo requerimiento se haga por escrito para posibles acciones legales.

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