Estoy obligado a hacer la declaración de la renta?

A tod@s resulta que no llego a 22000€ al año, pero me han comentado que por tener dos solares y una casa en propiedad estoy obligado a hacer la declaración...( ¿aunque no me dejen ningún beneficio) eso es verdad?

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Respuesta
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Comentar la gente comenta muchas cosas y sobre todo de lo que no sabe. Los terrenos sin construcción no tributan en la declaración de renta y por lo tanto no se incluyen. La vivienda no habitual tributa como capital inmobiliario dentro de la declaración. Si está vacía, tributará como inmueble a disposición de sus titulares-propietarios, dependiendo del valor catastral, del periodo del año en que ha estado en esa situación y de si el valor catastral está revisado o no. El límite de esos rendimientos de capital inmobiliario se sitúa en 1000 euros. Para que te hagas una idea si el valor catastral está revisado y es de menos de 110.000 euros no tienes obligación a declarar. Si no está revisado, tendría que tener un valor catastral de más de 50.000 euros para estar obligado.

-Obligación de declarar: límites renta 2018

    Pregunta
  • ¿Quiénes tienen obligación de declarar?

    Respuesta
  • En general todos los contribuyentes están obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF.
    No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:
    O bien
    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
    Este límite será de 12.643 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo en los siguientes supuestos:
    Y/o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros el capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
    O bien
    Rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros

muchas gracias por la respuesta, y sobre todo por la rapidez en responder...pero no me ha quedado muy claro....los dos solares están sin construir,y en la casa no ha vivido  ni vive aún nadie, no está totalmente acabada de construir, faltan detallitos en el interior, sólo tengo los ingresos de mi trabajo, y como ya dije no llego a los 22000 € de un sólo pagador, y no me ha quedado claro si tengo que hacer la declaración o no... porque me ha dicho un asesor que estoy obligado a hacerla por un tema de los solares...( no sé yo que me dijo de que tributaban este año más.....o no sé que me dijo... una cosa muy rara...) y quisiera informarme  con una opinión más espacializada... porque el año pasado, y el anterior, tenía las mismas propiedades y no estaba obligado a hacerla, de ahí mi insistencia, porque no lo tengo claro, y le agradecería que usted me lo aclarara, muchas gracias de antemano. un saludo.

Habría que ver el tema en profundidad, pero los solares sin construir no tributan en la declaración de IRPF ni deben ser incluidos. En tu caso solo tributaria la vivienda dentro del apartado de capital inmobiliario como inmueble a disposición de sus titulares. La tributación sería de un 1,1% sobre el valor catastral, si este valor está revisado, o del 2% del valor catastral en el caso de que no esté revisado. El límite para no estar obligado se sitúa en 1000 euros de rentas inmobiliarias. https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Imputacion_de_rentas_inmobiliarias.shtml 

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