Que desgravar al declarar alquileres

Soy residente Española, y desde enero 2018 alquilo mi vivienda habitual a estudiantes (Yo vivo con mi pareja).

Voy a tener que declarar por primera vez este año los alquileres cobrados, y tengo 2 preguntas :

- ¿Esta declaración se hace en el mismo formulario del IRPF? ¿O hay otro especifico?

- ¿Hay gastos que puedo desgravar?

    • ¿Hipoteca?
    • ¿IBI?
    • ¿Honorarios de agencia?
    • ¿Gatos de comunidad?
    • ¿Seguro de hogar?

2 Respuestas

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto.

Efectivamente los alquileres, al no ser para usted una actividad económica, se declaran en la declaración de Renta (IRPF), y podrá deducir los intereses del crédito, los impuestos, gastos, seguros, etc. relacionados con el arrendamiento, para los periodos que haya tenido alquilado el inmueble. Si hay algún día que no esta alquilado, tendrá que imputarse las rentas como "a su disposición" y no podrá deducir los gastos en la parte proporcional de esos días...

Gracias por su respuesta.

Mi piso a estado alquilado 11 meses ... El mes de agosto quedándose vacío.

¿Entonces significa que los gastos que se refieren a este mes de agosto tienen que estar sumado en la parte "a su disposición "? ¿Eso cómo se calcularía? Dividiéndolos por 12, ¿El 11/12° a sustraer de los alquileres y el 1/11° a poner en la parte "A su disposición"?

Como ya le hemos recomendado, ha de ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Efectivamente, el mes que no esta alquilado, esta a su disposición, por lo tanto, así lo ha de declarar... Y para calcular los gastos deducibles, tendrá que atenerse a los gastos de los meses en alquiler... algunos gastos anuales, se puede aplicar solo la parte correspondiente a los meses que ha estado alquilado, como por ejemplo el IBI o los seguros.

Respuesta
1

Los alquileres se integran en la declaración anual de IRPF, como rentas del capital inmobiliario y se puede deducir todos los gastos necesarios para su obtención, los más habituales son: intereses del préstamo para comprar esa vivienda, IBI y gastos de Comunidad, amortización del inmueble, seguros y honorarios pagados, etc.

Es muy importante recordar que, si se trata de arrendamiento de vivienda, puede aplicar una reducción del 60% a esos alquileres.

Gracias por su respuesta.

¿Eso significa que tengo que declarar el 40% de los alquileres? ¿Cómo saber si puedo aplicar esta reducción? ¿Algo especifico tiene que estar mencionado en el contrato de arrendamiento?

Si se trata de un arrendamiento de vivienda, usted declara la totalidad y luego aplica esa reducción.

¡Gracias!  Acabo de mirar el contrato y está escrito “arrendamiento de temporada”... así que me imagino que non funciona lo de la reducción. Gracias por la información !! 

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