Prohibición de empadronarme en mi piso de alquiler.

Ahora que la Junta de Andalucía ha sacado las ayudas al alquiler, estaba interesada en solicitarla.

Resulta que hace un par de meses, me empadroné en mi piso (el cual tengo alquilado de manera completamente legal) porque necesitaba optar a la tarifa residente de la zona azul.

Ahora, mirando el contrato de alquiler para el tema de la subvención, he visto que en una de las cláusulas pone que no puedo usar el piso como vivienda habitual (es decir, que no debía haberme empadronado según contrato).

¿Esta sería una cláusula abusiva? ¿Es legal que el arrendador me ponga dicha cláusula?

2 Respuestas

Respuesta

Si usted ha alquilado el piso como vivienda para uso personal, es decir que no lo tiene alquilado como local comercial o para desarrollar una actividad profesional, sino para vivir de forma más o menos permanente en él, tiene usted derecho a empadronarse en esta vivienda. La cláusula sería nula por ir contra lo establecido en la ley, que le otoga el derecho al inquilino de empadronarse en el domicilio alquilado siempre y cuando pueda demostrar que reside efectivamente allí (los ayuntamientos suelen solicitar contrato de arrendamiento, los ultimos recibos de la renta pagada por el alquile y algún recibo de consumos de agua o de luz).

En resumen, usted tiene derecho a empadronarse en su vivienda, siempre que se trate de su vivienda habitual.

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Esta no es una clausula habitual en un contrato de arrendamiento de vivienda habitual... pero si el Ayuntamiento le ha dejado empadronarse, no creo que el propietario le diga nada.

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